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Qué se puede hacer y qué no en AMBA: todas las respuestas a las dudas más comunes

Las medidas entrarán en vigencia desde las 00 de hoy y se extenderán por tres semanas, hasta el 30 de abril.

Una semana después de las primeras medidas para contener los efectos de la segunda ola de contagio de coronavirus, el Gobierno anunció nuevas restricciones que empezaron a regir desde hoy hasta el 30 de abril.

De acuerdo al DNU que se aplicará en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMABA), se limita la circulación nocturna, el uso del transporte público y las reuniones sociales, el horario para el sector gastronómico y la suspensión de clases presenciales.

Con estas nuevas medidas, surgen algunas dudas.

Las respuestas de qué se puede hacer y qué no en AMBA:

* ¿Desde cuándo tienen vigencia las nuevas restricciones y por cuánto tiempo se extenderán?
Rigen para el AMBA a partir del viernes 16 de abril a las 00.00, hasta el 30 de abril.

* ¿Habrá clases presenciales? No. Las clases presenciales para todos los niveles quedan suspendidas desde el lunes 19 de abril hasta el 30 de abril inclusive.

* ¿Se puede ir a un bar o restaurante? Sí, hasta las 19. A esa hora, y hasta las 6 del día siguiente, deberán cerrar los locales gastronómicos en el AMBA. El sector gastronómico sólo podrá atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

* ¿Voy a poder encargar la cena por delivery después de las 19? Sí. No se podrá cenar en el restaurante, pero los locales gastronómicos podrán ofrecer servicio de entrega a domicilio y se podrá retirar comida en los locales.

* ¿Qué pasa si mi horario de salida del trabajo es después de las 20? Hay que sacar el certificado que habilita a circular como trabajador esencial. Si no sos trabajador esencial, tu empleador deberá hacerse cargo de tu traslado.

* ¿A qué hora puedo ir a hacer compras? Entre las 9 y las 19. Fuera de esa franja horaria, los comercios deberán permanecer cerrados.

* ¿A qué sanción me expongo si circulo por la calle sin permiso entre las 20 y las 06? Las sanciones son las mismas que rigen desde el año pasado. Según la infracción, puede caber la aplicación del artículo 205 del Código Penal, que tipifica los delitos contra la salud pública y prevé una pena de entre 6 meses y 2 años de prisión.

* ¿Hasta qué hora puedo pasear al perro? Hasta las 20. Y a partir de las 06.

* ¿Qué va a pasar con los cumpleaños o casamientos? Todas las reuniones sociales están suspendidas.

* ¿Puedo juntarme con amigos o amigas en una plaza? Sí. Se mantiene vigente la medida que habilita reuniones de hasta 20 personas al aire libre.

* ¿Está permitido salir a correr? Sí, entre las 06 y las 20.

* ¿Puedo ir al gimnasio? No. Todas las actividades deportivas en espacios cerrados quedan restringidas.

* ¿Puedo juntarme a jugar al fútbol con amigos o amigas? Solo en lugares abiertos. En lugares cerrados no se puede.

* ¿Qué va a pasar con el fútbol y otras actividades deportivas profesionales? Siguen como hasta ahora. El anuncio presidencial no dispuso restricciones sobre el fútbol y otros deportes profesionales.

* ¿Está permitido usar el transporte público? Solo los trabajadores esenciales pueden hacerlo previa presentación de la credencial habilitante.

* ¿Puedo ir a misa? No. Todas las actividades deportivas, recreativas, culturales y religiosas en espacios cerrados quedarán suspendidas.

* ¿Puedo ir al cine o al teatro? No. Es otra de las actividades que se suspenderán hasta el 30 de abril.

* ¿Van a estar abiertos los shoppings? No. Este jueves el Presidente aclaró que van a estar cerrados durante 15 días.

* ¿Puedo viajar por el país? Sí. Aunque no está permitida la circulación entre las 20 y las 06 en el AMBA, no se estableció un cierre de los límites interprovinciales.

* ¿Qué va a pasar con los vuelos? Se mantienen como hasta ahora. No habrá restricciones en los vuelos interprovinciales. Sí hay restricciones vigentes en cuanto a los vuelos al exterior.