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Qatar 2022 | Todo lo que está prohibido y sus penas de cárcel

El código penal del país organizador tiene leyes muy restrictivas, especialmente para las mujeres y las diversidades sexuales.


En un país conservador, donde la religión tiene una importancia enorme y su ley está muy influenciada por la ley islámica (conocida como la Shaira), se desarrolla el Mundial 2022. El código penal es especialmente restrictivo con las mujeres y las diversidades sexuales. En este último punto, el sexo extramatrimonial, la ingesta de alcohol y las ofensas al Islam, entre otras, puede acarrear fuertes multas económicas y varios años de cárcel.

La sharía o ley islámica es el sistema legal islámico. En árabe significa «el camino claro hacia el agua» y es el código de conducta en la vida de los musulmanes, cuyo seguimiento se considera que «conduce a la salvación».

Proviene de los textos sagrados de los musulmanes, por un lado, el libro sagrado del islam, el Corán, y, por otro lado, los hadices, que son los dichos y acciones del profeta Mahoma. Para aplicar la sharía es necesario una labor de interpretación, ya que hay que convertir el texto en norma, y los textos a veces son ambiguos o no están del todo claros, lo que hace que admita diferentes interpretaciones.

La sharía enumera algunos delitos particulares, como el robo y el adulterio, y establece castigos si las acusaciones cumplen con un estándar de prueba. También ofrece orientación moral y espiritual, por ejemplo cuándo y cómo orar, o cómo casarse y divorciarse.

No prohíbe a las mujeres salir de casa sin un acompañante masculino ni les impide trabajar en la mayoría de los empleos, cuestiones que se aplican en regímenes más autoritarios y con interpretaciones radicales de la sharía.

El director del comité organizador de la Copa del Mundo, Nasser Al-Khater, afirmó que su país recibirá a los aficionados de la comunidad LGTBI+ y que permitirá su asistencia a los partidos, aunque exigió que no haya «demostraciones públicas de afecto» porque «están mal vistas y esto se aplica a todos».

En Qatar no se reconoce el derecho de las personas a ser inscriptas en su DNI acorde con su identidad de género, mientras que la homosexualidad, que en su código penal está definida como «sodomia», está absolutamente prohibida. La ley qatarí establece penas de entre 1 y 3 años para «esos actos», incluso para quien «instigue o seduzca a un hombre a cometer sodomia».

El artículo 290 dice que «quien haga gestos, se atreva a decir o cantar cosas inmorales o hacer actos obscenos en espacios públicos o abiertos será castigado con hasta 6 años de prisión y una multa de hasta 3.000 riyals» (moneda local: cada dólar estadounidense son 3,64 de riyals). Quedará a cargo de un tribunal definir qué actos se enmarcan en esa legislación. La homosexualidad, que en su código penal está definida como «sodomia», está absolutamente prohibida.

Por otra parte, el aborto está penalizado en Qatar. «Quien haga abortar a una mujer embarazada, ya sea administrándole medicación o por cualquier otro modo, podrá recibir una pena de hasta 7 años de prisión. Si se hace sin el consentimiento de la mujer o si quien lo realiza es un doctor, cirujano, farmaceutico, partera o cualquier persona que trabaje en medicina o farmacia la pena puede elevarse hasta los 10 años», reza el artículo 316 del código penal.

El aborto solo es si la vida de la madre esté en peligro: «Cualquier mujer que, sin necesidad médica, tome alguna medicina para tener un aborto espontáneo o use cualquier otro metodo para abortar, será encarcelada por hasta 3 años», establece el artículo 317. El aborto solo es legal en los casos en los que la vida de la madre esté en peligro, aunque el procedimiento es muy riguroso y se deben cumplir varios requisitos.

En relación a las relaciones sexuales entre personas que no estén casadas legalmente son penadas con hasta 7 años de prisión por la legislación qatarí. En algunos casos la pena puede llegar a 15 años, como por ejemplo cuando un tutor tiene relaciones con la persona que tiene a su cargo.Otro artículo del código penal estipula que «quien tenga relaciones con una mujer mayor de 16 años sin forzarla, sabiendo que no podrá casarse, jamás o de manera temporal, con ella será sentenciado con hasta 15 años de cárcel». La misma pena le caberá a la mujer.

Las relaciones sexuales entre personas que no estén casadas son penadas con hasta 7 años de prisión. Además se debe de tener en cuenta que las muestras de afecto en público están mal vistas incluso entre parejas heterosexuales casadas.

Un punto importante y que deben tener en cuenta los turistas que visiten Qatar son las ofensas al Islam. La Constitución Nacional establece en su artículo 1 que la religión del país es el Islam y la Ley Sharia su fuente principal de legislación. Las «ofensas» contra la religión son duramente sancionadas en el código penal.

El artículo 256 afirma que «podrá recibir una pena de hasta 7 años de prisión quien»:

  • Insulte a Alá, ya sea de forma escrita, a través de un dibujo, de un gesto o de cualquier otra manera (Quien tenga documentos, impresiones, grabaciones o cualquier otro material que promueva lo estipulado en los artículos 256 y 259 con la intención de distribuirlos o revelarlos, será encarcelado por hasta 2 años y multado con hasta 10.000 riyals).
  • Ofenda al Corán.
  • Ofenda a la religión islámica o alguno de sus ritos o dictados.
  • Maldiga cualquiera de las religiones divinas según la regulación de la Ley Islámica.
  • Insulte a alguno de los profetas ya sea de forma escrita, a través de un dibujo, de un gesto o de cualquier otra manera.
  • Sabotee, rompa, dañe o viole sitios, o sus contenidos, si representan ritos religiosos.
  • Por último, «quien establezca u organice una asamblea, organización que se oponga a los fundamentos y principios del Islam, o que exhorta o promueve otra religión o culto será castigado con hasta 10 años de prisión», mientras que «quien participe o contribuya en alguna de esas organizaciones será encarcelado por hasta 5 años».

En cuanto a la venta de alcohol, en Qatar el alcohol está prohibido por la ley islámica y el código penal tiene en cuenta eso. «Quien tome cualquier bebida alcohólica en un espacio público o abra una tienda o una casa para vender alcohol será castigado con hasta 6 meses de prisión y una multa de hasta 3.000 riyals», dice el artículo 270. Para quienes «importen, exporten o produzcan alcohol» el castigo será peor: hasta 3 años de cárcel y multa de hasta 10.000 riyals. Las bebidas alcohólicas únicamente se comercializan en bares y restaurantes de lujo, son muy costosas y solo pueden acceder a ellas los extranjeros.

Las drogas también se encuentran totalmente prohibidas, según el código penal qatarí, «quien posea, adquiera, compre, reciba, transporte, administre, intercambie o venda estupefacientes y sustancias psicotrópicas peligrosas será castigado con una pena de prisión de entre 7 y 15 años, más una multa de entre 100.000 y 200.000 riyals», se asegura en el artículo 37 de la Ley N° 9 de 1987 sobre Control y Regulación de

El uso personal, en caso de no estar justificado por un médico, puede ser castigado con una pena de entre 2 y 5 años de cárcel y una multa de entre 50.000 y 100.000 riyals. El tribunal puede imponer también la internación del «adicto» en un sanatorio del Ministerio de Salud.