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Cannabis medicinal: legalizan el autocultivo para uso medicinal y la venta de aceite en farmacias

La ley establece que las obras sociales, el Estado y las prepagas “garanticen” ese acceso. Los pacientes deberán inscribirse en el Registro del Programa de Cannabis para obtener la autorización de cultivo para sí o terceros.

El Gobierno autorizó, a nivel nacional, el autocultivo controlado de cannabis medicinal, al igual que el acceso de sus aceites y derivados en farmacias autorizadas, según se publicó hoy en el Boletín Oficial.

“Resulta impostergable crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno, seguro e inclusivo y protector de quienes requieren utilizar el Cannabis como herramienta terapéutica”, se marca en el texto oficial.

La decisión se toma porque si bien en la Ley 27.350 sancionada años atrás se había creado un registro nacional voluntario con el objeto de facilitar el acceso gratuito al aceite de Cannabis y sus derivados que la Ley en mención garantiza el mismo “no se encuentra operativo”.

La iniciativa busca asegurar “el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias”, incluso a través del “autocultivo o el cultivo solidario”. Además, la norma establece además que las obras sociales, el Estado y las prepagas “garanticen” ese acceso.

También, se le otorga al médico “un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes” y se contempla la provisión “en forma gratuita por parte del Estado” de derivados de la planta a quienes tengan “indicación médica”.

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El Ministerio de Salud, será la autoridad de aplicación del programa Reprocann (Registro del Programa de Cannabis) que tendrá como objeto registrar a los pacientes que necesiten acceder a través del cultivo controlado a la planta de cannabis y sus derivados, “como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor”, para emitir las correspondientes autorizaciones.

“Los y las pacientes podrán inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un o una familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por la Autoridad de Aplicación. Podrá inscribirse en el Reprocann quien cuente con indicación médica y haya suscripto el consentimiento informado correspondiente, en las condiciones establecidas por el programa”, se detalló en el documento oficial.

Entre los objetivos figuran “la promoción dirigida a equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil y la implementación de acciones de concientización sobre el uso del cannabis y sus derivados”. También, apunta al “desarrollo de guías de asistencia, tratamiento y accesibilidad; la provisión en forma gratuita por parte del Estado de derivados de la planta para pacientes que cuenten con indicación médica y con cobertura pública exclusiva, y el impulso de investigaciones relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados”.

 

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