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Clases presenciales en CABA: ordenan que no se computen las inasistencias

Así lo resolvió el juez Guillermo Scheibler, hasta tanto se conozca la decisión de la Corte Suprema. Además, exigió que se garantice la enseñanza virtual durante ese período.

En medio de las tensiones entre el Gobierno Nacional y el porteño por la presencialidad de las clases, la justicia porteña ordenó a las escuelas a no computar las inasistencias a aquellos alumnos que no vayan a las aulas.

Así lo dispuso el juez de Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Guillermo Scheibler, hasta tanto se conozca la decisión de la Corte Suprema. Además exigió que se garantice la enseñanza virtual durante ese período.

Este nueva medida, se produjo luego de que la Cámara de Apelaciones porteña hiciera lugar a una medida cautelar presentada por dos organizaciones no gubernamentales que pedían dejar sin efecto el decreto que suspendía por dos semanas las clases presenciales.

Según la resolución, se obliga a los colegios a abstenerse de “computar las faltas y/o quita de vacantes respecto de aquellos/as alumnos/as cuyos padres y madres resolvieran la no concurrencia de sus hijos/as a los establecimientos educativos”.

En el mismo fallo, se exige adoptar medidas para garantizar la escolaridad virtual y que no haya discriminación entre los alumnos que concurren presencialmente a las clases y aquellos que no.

Todo ello hasta tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva la cuestión planteada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires respecto a la constitucionalidad del artículo 2º del DNU 241/2021 o hasta el cumplimiento el plazo dispuesto en dicho artículo, lo que ocurra primero”, detallaron.