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El Gobierno habilitó pasos fronterizos y corredores seguros con Paraguay

Son los cruces que unen Formosa con Paraguay y por los cuales podrán ingresar, cumpliendo los protocolos previstos, hasta 1.600 personas por día entre ambos pasos.


El Gobierno Nacional habilitó dos pasos fronterizos que unen la provincia de Formosa con Paraguay.

Se trata del Puente Internacional “San Ignacio de Loyola” que une la localidad de Clorinda con José Falcón (Paraguay) y el Paso Fronterizo Fluvial Puerto Formosa que une a la provincia argentina con Puerto Alberdi, ubicado también en territorio paraguayo.

La implementación de estos nuevos corredores seguros autorizados se ajustará al cumplimiento de los protocolos específicos diseñados para la habilitación de corredores seguros de ingreso al país.

Cupo de ingresos

* Ccorredor seguro fluvial ciudad de Formosa – Ciudad de Alberdi: pueden ingresar hasta 600 personas, por día

* Corredor seguro terrestre ciudad de Clorinda – Paraguay: hasta 1.000 personas, por día.
La medida alcanza a “todos los argentinos, argentinas, residentes en la República Argentina y personas extranjeras no residentes, salvo los exceptuados de la prohibición de ingreso al país (no vacunados), provenientes de países limítrofes y no limítrofes habilitadas por Autoridad Nacional que ingresan como peatón o por medio de transportes particulares y públicos, para el transito por los pasos fronterizos terrestres”.

Los requisitos a la Argentina

* Las personas deberán haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su llegada al país

* Tendrán que presentar ante los controles respectivos el comprobante de su vacunación registrado en la App Mi Argentina o en Mi Portal, o con el carnet de vacunación en soporte papel

* Quienes se hayan inoculado en el extranjero deberán contar con el comprobante validado por el país que efectuó la vacunación.

* Extranjeros no residentes, mayores de edad, sin esquema completo o sin vacunar, no podrán entrar al país. A excepción que lo disponga el Ministerio de Salud “cuando concurran especiales y acreditadas razones humanitarias que así lo ameriten, previa intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto

* Se exigirá una constancia de la PCR negativa en origen realizada dentro de las 72 horas previas al ingreso al país, a excepción de la persona asintomática, recuperada de COVID-19 en los últimos 90 días desde la fecha del diagnóstico, la cual deberá acreditar ante los controles respectivos, los resultados de las pruebas diagnósticas positivas para coronavirus

* Los extranjeros no residentes tendrán que poseer un seguro de salud COVID-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios, para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos

 

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