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Empezó la veda electoral: hasta cuándo dura y que no está permitido hacer

Rige desde hoy a las 8 y se extenderá hasta tres horas después de cerradas las mesas de votación. Hay que respetar una serie de restricciones para determinadas prácticas y actividades sociales.


Con el inicio de la veda electoral a las 8 -que se extenderá hasta domingo 14 de noviembre a las 21- empezarán a regir una serie de restricciones para determinadas prácticas y actividades sociales.

Veda electoral: qué no se puede hacer

* Hacer actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo, a las 18 del domingo.

* Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 metros) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

* La venta de bebidas alcohólicas (prohibida desde las 20 horas del sábado 13 hasta las 21 del domingo).

* Prohibición de portar armas.

* Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.

* Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.

Cuánto dura la veda electoral

* Desde las 8 de la mañana del viernes 12 de noviembre y su plazo se extiende hasta las 21 horas del domingo 14, tres horas después de cerrados los comicios.

Qué pasa si no se cumple con la veda electoral

* Las personas podrán ser denunciadas y sancionadas si se comprueba que efectivamente violaron el Código Electoral. Un ejemplo: si un negocio vende bebidas alcohólicas durante el período en el que no pueden hacerlo, el comerciante podría recibir una pena de entre 15 días y seis meses.

* Esa norma también reprime, en el artículo 131, con la misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al “empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto” de prohibición por la autoridad electoral.

* Las penas para los que intenten que alguien vote de cierta forma o se abstenga de hacerlo son más graves: de 2 meses a 2 años de cárcel. Intentan violar el secreto del sufragio tiene una pena de 3 años.