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Nuevas flexibilizaciones: dónde será obligatorio el uso del barbijo a partir del 1 de octubre

El Ministerio de Salud de la Nación informó cómo será el uso del tapabocas: no será obligatorio al aire libre siempre y cuando no haya otras personas en contacto cercano; aunque sí será seguirá siendo obligatorio en lugares cerrados.


El Ministerio de Salud de la Nación informó, además, que esta normativa nacional “estará sujeta a la decisión de implementarla de cada jurisdicción, en función de su situación epidemiológica y la circulación de variantes”.

El Gobierno explicó que “en espacios abiertos y sin aglomeración de personas o contactos cercanos, el riesgo de transmisión de COVID-19 disminuye considerablemente”. “La pandemia no terminó, y tenemos que seguir cuidándonos sobre todo en lugares cerrados, porque aún estando vacunados se puede tener la infección y transmitirla, especialmente de la variante Delta, que ya tiene circulación comunitaria en el país”, sostuvo la directora nacional de Epidemiología, Analía Rearte.

El principal objetivo del tapabocas “es preventivo, disminuir la emisión de partículas y con ello el riesgo de contagio”, por lo que su uso correcto “disminuye significativamente el riesgo de transmisión”, aclara el comunicado y se recordó que el tapabocas “debe ajustarse bien a la cara, cubriendo la nariz, la boca y el mentón, para que las gotas respiratorias que contienen el virus no puedan entrar y salir alrededor de los bordes del tapabocas”.

Lo que hay que saber

* El tapabocas o barbijo no será obligatorio al aire libre siempre y cuando no haya otras personas en contacto cercano.

* Sí seguirá siendo obligatorio en lugares cerrados como aulas, cines, teatros, ámbitos de trabajo, transporte público, espectáculos y eventos masivos.

* La normativa del Gobierno nacional está sujeta a la decisión de implementarla de cada jurisdicción, en función de su situación epidemiológica y la circulación de variantes.

Dónde será obligatorio

* Sin embargo, seguirá siendo obligatorio al aire libre cuando haya aglomeración de personas (ejemplos: parques públicos con mucha afluencia de gente, juegos infantiles, eventos masivos), o en contacto cercano con otra persona (ejemplos: puestos de diarios o de comida, cola para ingresar a un comercio).

* El tapabocas también seguirá siendo obligatorio en lugares cerrados como aulas, cines, teatros, ámbitos de trabajo, transporte público, espectáculos y eventos masivos.

* Resulta importante aclarar que se trata de una normativa del Gobierno nacional a la que pueden adherir o no las gobernadoras y los gobernadores en función de la situación epidemiológica y la circulación de variantes en cada una de las jurisdicciones.