El abogado Pedro Despouy valoró que en el último tiempo «se haya evolucionado en los conceptos del derecho animal». El fallo se dio a partir de la causa por la matanza de los perros en Deán Funes.
La Cámara Octava del Crimen de Córdoba declaró a los perros como “seres sintientes”. La ejecución de estos animales en la ciudad de Córdoba fue el resultado de un operativo municipal que tenía como fin la reducción de la excesiva población canina. Eugenio Pérez Moreno, Juan Manuel Ugarte y Marcelo Jaime son algunos de los jueces que establecieron las condenas en el caso de Deán Funes e incorporaron estos conceptos que permiten ampliar el derecho animal.
El abogado querellante en la causa por la matanza de los perros, Pedro Despouy, aclaró que el magistrado se refiere como “seres sintientes” a aquellos “seres vivos con capacidad de sentir, sufrir el dolor y disfrutar del placer, independientemente de si tienen capacidad de razonar como un humano”. Y añadió que se ha ido evolucionando progresivamente sobre los conceptos del derecho animal.
Despouy considera interesante que la sentencia cuente con el apoyo de la neurociencia que señala que los animales son capaces de experimentar estados afectivos, aun careciendo de materia gris. Del mismo modo, afirma que “el peso de la evidencia” denota que los humanos no seríamos los únicos en poseer la base neurológica que da lugar a la conciencia, sino que otros animales también disponen de sustratos neurológicos.
No es la primera vez que un animal tiene un fallo de este estilo, el caso de la orangutana Sandra fue de alcance global, dado que un tribunal de Argentina le concedió un habeas corpus, y la reconoció como “persona no humana y ser sintiente” y ordenó su liberación del zoológico de Buenos Aires. Aquel suceso permitió sentar las bases para que se considere a los animales como seres no humanos moralmente relevantes, y consecuentemente, son sujetos de derechos”.
Partiendo de esa base, el fallo dictado por la Cámara representa una nueva contribución al desarrollo progresivo de los fallos y sentencias respecto a los animales. Asimismo, deconstruye las bases del ordenamiento jurídico que ubica al hombre como centro de todas las cosas.
Por su parte, Andrés Gil Domínguez, que desempeño el rol de abogado defensor en el icónico caso de la orangután, expresa que considera a los perros de Deán Funes como “los hijos de Sandra”. Así pues, indica que la perspectiva de la ley penal aplicable en Argentina condena la brutalidad y el maltrato animal. “No importa que sean perros, gatos o gallinas”, comentó el especialista en derecho animal.