En un plazo de 60 días, el Ejecutivo deberá fijar el numero mínimo de empleados que debe tener una compañía para disponer de une espacio de cuidado para los hijos de los empleados. La Ley fue sancionada en 1974, pero nunca se reglamentó.
Tras una larga lucha por parte de un grupo de alumnos de derecho de la Universidad Austral, por primera vez la Corte Suprema obligó al Poder Ejecutivo a reglamentar las guarderías en las empresas.
Sin embargo, lo llamativo del caso es que en el país, hace casi 50 años ya existe una norma que contempla el cuidado de los chicos en los lugares de trabajo de sus padres. La Ley 20.744 de contrato de trabajo se sancionó en 1974, pero como nunca se reglamentó.
El caso fue tomado hace seis años por un grupo de alumnos de la clínica jurídica de la Universidad Austral. Son alumnos de los últimos años de la carrera de derecho que comienzan a ejercitar la demanda de derechos en los Tribunales.
En este espacio de practicas profesionales el objetivo es litigar con casos verdaderos que representen los reclamos de un colectivo de personas y que sean casos que tengan impacto social, que puedan sentar jurisprudencia, según se detalló en un informe de Lorena Maciel para TN.
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Si bien en 2015 se hizo la primera presentación judicial, recién el jueves 21 de octubre la Corte Suprema de la Nación ordenó al Poder Ejecutivo a que reglamente la Ley de Contrato de Trabajo y fije el numero mínimo de empleados que debe tener una compañía para disponer de une espacio de cuidado para los hijos de los empleados.
Ahora, el Ejecutivo tiene 60 días para la reglamentación, que debería partir del Ministerio de Trabajo, hoy a cargo de Claudio Moroni, y sellarse en la Secretaría Legal y Técnica, Vilma Ibarra es su titular.
La Corte sanciona al Ejecutivo por omisión reglamentaria
Desde lo social el fallo sienta jurisprudencia porque contempla la igualdad de derechos de hombres y mujeres al facilitarle el acceso al trabajo sin desatender el cuidado de sus hijos.
Asimismo, contempla el derecho de niños y niñas a estar cercanos a sus padres y a los lactantes a poder ser amamantados durante la jornada laboral.
Para alivio de muchos el fallo “Etcheverry y otros c/EN s/ amparo ley 16,986″(así se lo conoce técnicamente en Talcahuano 550) logró por primera vez poner en práctica el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo que obliga al empleador a habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta una determinada edad que también deberá fijar el Poder Ejecutivo.