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Prohíben exportar trofeos de animales silvestres autóctonos y del tránsito entre jurisdicciones

El Ministerio de Ambiente también prohibió la exportación e importación de trofeos de caza de cualquier especie autóctona, como así también la inscripción de criaderos para caza deportiva de fauna autóctona en el Registro Público Único de Operadores de Fauna Silvestre.


Tras la ardua tarea por parte de la ONG dedicada a la flora y fauna autóctona, Pumakawa, por las denuncias que reclamaban detener la Caza por Trofeos de pumas en nuestro país, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, sancionó una resolución donde finalmente, prohíben exportar trofeos de animales silvestres autóctonos y del tránsito entre jurisdicciones.

Desde la cartera que conduce Juan Cabandié se llevan a cabo distintas políticas para promover el bienestar animal y declaró de interés público la fauna silvestre que temporal o permanentemente habita el Territorio de la República, así como su protección, conservación, propagación, repoblación y aprovechamiento racional.

Prohibir el transito interjurisdiccional, la exportación e importación de trofeos de caza de cualquier especie autóctona, así como se ha prohibido la inscripción de criaderos cinegéticos (para caza deportiva) de fauna autóctona en el Registro Público Unico de Operadores de Fauna Silvestre”, se lee en la Resolución RESOL-2022-133-APN-MAD. Publicado en el Boletín Oficial.⁣

 

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La ONG Pumakawa, Humane Society Internacional, Fundación Cullunche y la Red Argentina Contra el Tráfico de Especies Silvestres (RACTES), entre otras, reclamaban la necesidad de reconvertir los criaderos y cotos de caza de pumas en espacios de protección y conservación de la fauna y detener la importación y exportación de los trofeos de caza.

En Argentina estaba permitida la caza de trofeos desde 1981, reglamentada por el Decreto 666/97 de la Ley Nacional 22421 de Conservación de la Fauna, permitida y autorizada por el Gobierno de facto de Jorge Rafael Videla. Se trata de una actividad recreativa para los humanos, a costa de muerte animal.

Resolución 133/2022 by Será Justicia on Scribd

 

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