Actualidad

Impiden la renovación del carnet de conducir a un hombre por deudas de cuotas alimenticias

Su ex y madre de dos hijos inició un proceso judicial para cobrar una cuota alimentaria para uno de ellos.

Un juez rechazó dictar una medida cautelar para permitir a un chofer renovar su licencia de conducir profesional por estar anotado en el Registro de Deudores Alimentarios, informaron fuentes judiciales.

La medida la había pedido A.M. (las fuentes mantuvieron en reserva su identidad) en el marco de una acción de amparo contra el Gobierno porteño por la negativa a entregarle la licencia. El hombre, contó que trabajaba como chofer desde 1985 hasta que, hace unos años, su excónyuge y madre de dos hijos, inició un proceso judicial para el cobro de una cuota alimentaria para uno de ellos.

Agregó que en esa causa se dictó sentencia en su contra, la que no pudo cumplir porque debía afrontar los gastos de manutención de una hija que tiene a su cargo, por lo que fue inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Ciudad. Si bien en junio de 2018 obtuvo un permiso provisorio por un año, el plazo no fue prorrogado, por lo que se encuentra impedido de renovar su carnet profesional.

Pero el juez en lo contencioso administrativo de la Ciudad de Buenos Aires, Martín Converset, evaluó que la decisión de las autoridades locales no fue arbitraria, conforme lo que dispone la ley 269 (Registro de Deudores Alimentarios Morosos).

El artículo 4 de la norma contempla que las Instituciones u Organismos Públicos de la Ciudad “no pueden abrir cuentas corrientes, tarjetas de crédito, otorgar habilitaciones, concesiones, licencias o permisos, ni designar como funcionarios/as jerárquicos/as a quienes se encuentren incluidos” en ese registro.

El juez recordó que, antes de tomar sus decisiones, las autoridades locales “deben requerir” al Registro “la certificación de que las personas de referencia no se encuentran inscriptas como deudores morosos”.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *