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Mariano Borinsky: “Se creó por decreto una agencia federal que incluye a personas que aportan en las investigaciones penales”

Mariano Borinsky, juez de la Cámara Federal de Casación Penal, analiza las reformas del nuevo Código Penal, su funcionamiento y la situación de los testigos protegidos. 

El juez de la Cámara Federal de Casación Penal, Mariano Borinsky, es integrante de la comisión reformadora del nuevo Código Penal. Este último, fue enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso de la Nación en el mes de marzo y tiene como principales ejes temáticos: la inseguridad, la corrupción, el narcotráfico, la seguridad pública y la responsabilidad empresarial, entre otros aspectos.

“El objetivo de este nuevo Código es acortar estos plazos procesales para no generar tanta prisión preventiva – sostiene Borinsky a Será Justicia – Son 13.00 personas detenidas en el ámbito del servicio penitenciario federal. Son 7.000 personas aproximadamente con prisión preventiva”.

En relación a la puesta en funcionamiento, el juez de la Cámara Federal explica que el nuevo Código ya se encuentra en vigencia en las provincias de Salta, Jujuy, Mendoza y Santa Fe. Borinsky agrega que “también diez disposiciones, incluida la de la prisión preventiva, que se acaban de aprobar la semana pasada y que ya entran en vigencia en todo el sistema federal, incluida la Cámara Federal de Casación Penal”.

En consideración a la situación de los testigos protegidos, el juez asegura que por decreto se creó una agencia federal que incluye a las personas que realizan aportes en investigaciones penales, cuya identidad se mantiene oculta.

“Actualmente, hay un director que actúa bajo la órbita del Ministerio de Justicia y el DNU decidió crear una agencia con distintos integrantes de la Cámara Federal de Casación Penal, de la Procuración General de la Nación con una función de corte netamente administrativa. Pero la parte operativa, la aceptación del juez federal que pide incorporar un testigo, lo decide ese director ejecutivo”, remarca.

En cuanto a la “doctrina Irurzun”, se determinaron una serie de disposiciones. Esta última, es una doctrina que justifica la orden de detenciones de exfuncionarios que, por lazos o relaciones creadas por el poder que tuvieron, puedan entorpecer el avance de la causa.

“Cuáles son los casos de peligro de fuga y cuáles son los casos de entorpecimiento a la investigación. Fijar domicilio, gravedad del hecho, las particularidades de tratar de amedrentar a testigos, influir sobre ese testigo o tratar de amedrentar a la víctima, aprovecharse del aspecto económico del delito. Son distintas pautas que debe valorar el juez para saber si se ponen en jaque los fines del proceso”, asegura Mariano Borinsky.

El juez considera que la “doctrina Irurzun” generaba discrecionalidad judicial ya que eran criterios que no estaban fijados en normas. Por lo tanto, un juez podría interpretar un aspecto y otro podría comprenderlo de diferente forma.

“Ahora hay una norma que fija cuáles son esas pautas por las cuales no se puede aplicar la ley penal o no se puede averiguar la verdad. Si están esas situaciones de jaque, ahí entran las pautas de prisión preventiva”, aclara.

Además, Borinsky añade que “estas pautas lo que van a tener que determinar es si, en el caso concreto, procede o no procede la libertad durante el proceso. El juez deberá evaluar, en base a esas pautas objetivas. Si se dan algunas de esas situaciones procede la prisión preventiva. Si no se dan pautas de peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación que son legales, no son jurisprudenciales, como sucedía hasta ahora”.

El juez señala la problemática al superponer la función administrativa con la función jurisdiccional. “Como jueces fallamos en los casos y tenemos que valorar esa prueba. Pero si la función es administrativa no habría incompatibilidad con esa función jurisdiccional y en la medida que esté el presupuesto adecuado para poder, eficientemente, llevar a cabo adelante esa tarea”.

Por último, respecto a la designación de la magistrada Ángela Ledesma como futura presidenta de la Cámara de Casación 2020, el juez opina que “lo que se tomó en cuenta fue esa antigüedad para poder presidir el cuerpo en todas estas tareas, frente a lo que viene 2020, a los cambios en la justicia y al sistema acusatorio del nuevo Código Procesal Penal Federal”.

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