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Ferial judicial: las medidas de la Defensoría General de la Nación para que no se interrumpa la atención por violencia de género

La atención presencial será solo por parte de los jueces y un funcionario para asistirlo para reducir al mínimo posible el contacto personal.

Ante la medida de restringir la circulación de las personas para evitar la propagación del coronavirus en la Argentina, el encierro obligatorio podría ser un factor para agravar e incluso incrementar la violencia de género.

Ante esta medida, la Defensoría General de la Nación seguirá atendiendo, pero restringió la atención y sólo contará con la presencia de un juez y un funcionario para asistirlo para reducir al mínimo posible el contacto personal.

La prestación de servicio será en la oficina donde está la Comisión de Temáticas de Género del Ministerio Público de la Defensa, a cargo de Raquel Asensio, pero no se tratarán casos nuevos, sino que se tratarán casos de extrema urgencia y “la única forma de atención de esos casos será por derivación de Oficina de Violencia Doméstica (OVD)” que funcionan las 24hs, informaron desde prensa de la Defensoría General de La Nación.

La Corte Suprema declaró días inhábiles desde este lunes 16 hasta el 31 de marzo en todo el sistema judicial nacional como medida para evitar la propagación del virus.

Por su parte, el Ministerio de las Mujeres, Política de Género y Diversidad Sexual de la provincia de Buenos Aires dispuso un abanico de acciones frente a la cuarentena al evaluar que “la convivencia ininterrumpida en un contexto de violencia de género puede transformarse en un factor de riesgo”.

Entre las medidas anunciadas figuran campañas de difusión en redes orientadas especialmente a la situación de aislamiento temporario con el lema “Si te quedas en casa, sigamos conectadas”; recomendaciones a todas las áreas de género de los municipios, y otros sectores del propio gobierno con posibilidad de detección de casos; fortalecimiento de la línea gratuita 144 de atención las 24 horas; reasignación de tareas para reforzar los equipos de seguimiento y asistencia de casos críticos y de alto riesgo; un fondo especial para las emergencias en las comunas, y la creación de una mesa de trabajo para la prevención de femicidios.

Las recomendaciones que deberían tomar jueces y juezas que entienden en procesos de violencia de género en los que se requieren medidas de protección:

* Los juzgados deberían disponer de oficio, por un plazo no menor de 30 días, la prórroga excepcional de las órdenes de protección que tengan vencimiento mientras dure la aplicación de las medidas dispuestas de forma extraordinaria por el Gobierno Nacional.

* Se deberían aceptar las presentaciones realizadas por los abogados/as patrocinantes con su sola firma, en los términos dispuestos en el artículo 24, inciso “c” de la Ley Nº 26.485.

* También se deberían aceptar las presentaciones realizadas vía informática a través del portal del Poder Judicial y tendría que habilitarse que la presentación del escrito en papel pueda realizarse una vez superada la situación sanitaria actual.

* Con el objeto de evitar la necesidad de responder las consultas en mesa de entradas de los Juzgados, se debería permitir que la totalidad de las presentaciones sean subidas en versión digital

* También sugirió que se suba copia de las resoluciones judiciales originales a la web del Poder Judicial, a fin de facilitar la ejecución de las medidas por parte de las beneficiarias.

* Además, pidió que las medidas de protección adoptadas sean notificadas al denunciado y comunicadas a la comisaría que corresponda desde el juzgado. Habitualmente la denunciante y víctima tiene que llevarla a la comisaría.