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Oficializan la cuarentena hasta el 24 de mayo: cuáles son las condiciones que deben cumplir las autoridades locales

El aislamiento social obligatorio seguirá siendo de cumplimiento estricto en la Ciudad de Buenos Aires y en gran parte del conurbano bonaerense. En el resto de las provincias se está en una etapa de “reapertura progresiva”.

El Gobierno oficializó la prórroga de la cuarentena por la pandemia de coronavirus hasta el 24 de mayo, como la anunció el viernes pasado el Presidente.

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 459/2020, publicado en el Boletín Oficial, establece que se seguirá siendo de cumplimiento estricto en la Ciudad de Buenos Aires y en gran parte del conurbano bonaerense, mientras que en el resto de las provincias se está en una etapa de “reapertura progresiva”.

El mismo decreto se remite a “un comportamiento regional distinto al observado en las semanas anteriores” y señala que “la evolución de la pandemia en la mayoría de los países de la región ha evidenciado trayectorias mucho más severas”.

Según señaló la normativa, la cuarentena en las casas “siguen cumpliendo un rol de vital importancia para hacer frente a la epidemia y para mitigar el impacto sanitario del Covid-19”.

Prohibiciones en todo el país

* Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades.

* Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que implique la concurrencia de personas.

* Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.

* Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos previstos en el artículo 11 de este decreto.

* Actividades turísticas; apertura de parques, plazas o similares.

El trabajo en el sector público

Deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo, pero “realizarán sus tareas, en tanto ello sea posible, desde el lugar donde cumplen el aislamiento ordenado”, mediante la modalidad de teletrabajo.

Partidos con hasta 500 mil habitantes

Los partidos que posean hasta 500 mil habitante y siempre que no formen parte de aglomerados urbanos cuya población supere ese número, serán los gobernadores los que “podrán disponer nueva excepciones al cumplimiento” del aislamiento, siempre constatando antes el cumplimiento de que el “tiempo de duplicación de casos confirmados de Covid-19 no sea inferior a 15 días”.

Se debe constatar que el sistema de salud “cuente con capacidad suficiente y adecuada” para dar respuesta a la potencial demanda sanitaria y que deberá existir “una evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto del riesgo socio-sanitario con relación a la densidad poblacional del área geográfica involucrada”.

Otro requisito a cumplir es que la “proporción de personas exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio no supere el 75 % de la población total del departamento o partido”, y que esa zona no esté definida por la autoridad sanitaria nacional como aquellos “con transmisión local o por conglomerado”.

Partidos con más de 500 mil habitantes

Los gobernadores están facultados para “disponer nuevas excepciones” de acuerdo a un protocolo.

Las excepciones

El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, será el encargado de administrar las excepciones, las autorizaciones de actividades o rubros que consideren que pueden volver a realizarse en esta nueva etapa, tal como venía sucediendo.

“Solo se autorizarán excepciones si el empleador garantiza el traslado de los trabajadores, sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros de colectivos, trenes y subtes”, sostiene la norma, es decir que será de “traxi, remis o similar”, pero con “un pasajero por vez”.

Estas excepciones para actividades industriales, de servicios o comerciales deberán realizarse en forma conjunta con el Ministerio de Salud de la Nación, que evaluará las condiciones sanitarias, y el jefe de Ministros “podrá disponer la suspensión de las excepciones” en caso de que “la jurisdicción incumpla la entrega del informe de seguimiento epidemiológico”.

Además, el jefe de Gabinete también podrá disponer “nuevas excepciones” al confinamiento en las casas de acuerdo a la “evaluación epidemiológica y sanitaria y teniendo en cuenta la efectividad de las medidas dispuestas”, previo requerimiento de autoridad provincial o del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Ministerio de Salud de la Nación podrá “disponer modificaciones” a los protocolos para “adecuarlos a las necesidades sanitarias y epidemiológicas”.

Grupos de riesgo

En cuanto a los trabajadores de más de 60 años, embarazadas, o personas incluidas en los grupos en riesgo como así también aquellas cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado de niños, niñas o adolescentes, se regla que “están dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo”, tal como ocurre desde el inicio de la cuarentena.