Ambos proyectos tienen como objetivo la mejora del medio ambiente, tanto a través de la capacitación como de la administración de tierras incendiadas.
Si bien toda la atención estará en el debate del proyecto de ley sobre el Aporte Solidario y Extraordinario a las Grandes Fortunas, también se tratarán la Ley Yolanda y Ley de Fuego.
Ambos proyectos tienen como objetivo la mejora del medio ambiente, tanto a través de la capacitación como de la administración de tierras incendiadas.
Ley Yolanda
El 6 de noviembre se aprobó en la Comisión Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano el proyecto de Ley Yolanda, nombrado así en conmemoración a Yolanda Ortiz, la primera Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano de Argentina.
El objetivo es “una capacitación obligatoria en ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático” dirigida a todos los empleados de la función pública, en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.
Este proyecto ya fue aprobado por el Senado.
Ley de Manejo del Fuego
La Ley 26.815 fue sancionada en 2012 y promulgada en enero de 2013. Su objetivo es proteger al medio ambiente de los incendios forestales y rurales en el país. Su principal aporte es la creación del Sistema Federal de Manejo del Fuego.
Los objetivos de la iniciativa
* Cuidar la seguridad de la población en general y de las personas que combaten los incendios.
* Establecer mecanismos para un eficiente manejo del fuego en defensa del ambiente.
* Concientizar a la población sobre el impacto del uso del fuego.
El 27 de octubre de este año tuvo dictamen en la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, un nuevo proyecto, impulsado por el diputado Máximo Kirchner, que busca modificar la Ley de Manejo de Fuego. El objetivo es frenar los incendios y garantizar la recuperación y restauración de las superficies incendiadas.
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Con el fin de evitar los negocios inmobiliarios que se benefician con los incendios forestales, el proyecto prohíbe el cambio del uso del suelo en las zonas incendiadas tanto de forma voluntaria como involuntaria.
La prohibición se extiende a 60 años cuando los suelos perjudicados se encuentran en los bosques nativos, áreas protegidas y humedales incendiados; y a 30 años, en el caso de zonas agrícolas, praderas, pastizales o matorrales.