El Gobierno de la Ciudad se había opuesto al reclamo del padre argumentando que no contaba con vacantes disponibles sin afectar derechos de terceros u otros.
La Justicia porteña ordenó al Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta a dar una vacante o pagarle el jardín privado a una nena en sala de un año en un jardín maternal.
El fallo fue dictado por el juez en lo contencioso administrativo y tributario porteño Roberto Andrés Gallardo, quien cuestionó una reciente resolución del Tribunal Superior de Justicia que discrimina el acceso a la educación pública. De esta manera, en su fallo se ratifica que es obligatorio para el Gobierno de la Ciudad garantizar la educación pública a partir de los 45 días de vida.
El padre de la menor había presentado una acción de amparo para que se le ordene a la administración de Rodríguez Larreta de que incorpore a su hija “en un establecimiento público dentro de un razonable radio del domicilio –en el mismo barrio, conforme establece el art. 29 de la ley 114 y en las cercanías del domicilio, para sala de 1 año”. La niña quedó en lista de espera.
El padre de la menor advirtió que su pretensión no se limita al ciclo lectivo 2021, “por lo que ante el supuesto de persistir la inconducta para el ciclo lectivo 2022, se seguirá reclamando el derecho en los presentes actuados”.
Desde el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires informaron que “no se cuenta con vacantes disponibles en el lugar solicitado, sin que ello afecte derechos de terceros tanto de los alumnos que cuentan con vacantes asignadas o de aquellos alumnos que conforman los listados de espera”.
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El juez Gallardo sostuvo que el artículo 24 de la Constitución local impone al Poder Ejecutivo la obligación de “asegurar y financiar la educación pública, estatal, laica y gratuita en todos los niveles y modalidades, a partir de los cuarenta y cinco días de vida hasta el nivel superior”.
El magistrado dictó una medida cautelar teniendo en cuenta que las clases comenzarán el próximo 17 de febrero de 2021.
Por esa razón ordenó que, a través del Ministerio de Educación e Innovación, “en forma inmediata le otorgue a la niña una vacante para el nivel inicial, sala de un (1) año, en el Jardín Maternal Nº 11, en el turno de 08:45 a 16:15 o bien en algún establecimiento educativo de gestión pública con jornada simple extendida que se ubique dentro del radio de dos mil (2.000) metros del domicilio real de la actora”.
También dispuso que “en su defecto abone a la actora la totalidad de las erogaciones que impliquen la asistencia de la niña a una escuela infantil o jardín de infantes de gestión privada, a elección del padre, dentro del mismo radio del domicilio antes mencionado”.