Los jueces Bruglia y Bertuzzi hicieron lugar al pedido de la querella que integra Cristina Kirchner. Por otra parte, rechazaron los planteos de la vicepresidenta para agravar la situación del jefe de “Los copitos” e incluir la “asociación ilícita”.
Nicolás Carrizo, jefe de la denominada banda de «los copitos», deberá ampliar su declaración indagatoria frente a la jueza María Eugenia Capuchetti por orden de la Cámara Federal porteña debido a su presunta participación en el atentado a Cristina Kirchner ocurrido el pasado 1° de septiembre.
El fallo de seis páginas, que ordenó la ampliación de la indagatoria de Carrizo, contó con los votos favorables de los jueces Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, mientras que Mariano Llorens votó en contra. Anteriormente, el planteo de la querella de la Vicepresidenta había sido rechazado por Capuchetti.
Por otra parte, los magistrados de la Cámara Federal porteña encomendaron a la jueza que le exhiba a Carrizo la “nueva prueba incorporada”, lo que podría desembocar en que también se amplíen las indagatorias del Fernando Sabag Montiel, responsable de gatillar el arma en la cara de la Cristina Kirchner, y de su novia, Brenda Uliarte.
La ampliación a la indagatoria del líder de la “banda de los copitos” se llevará adelante como “partícipe secundario”. Junto con la ampliación de la declaración, la querella reclamó que se procese a Carrizo, Sabag Montiel y Uliarte como integrantes de una asociación ilícita que buscaba desestabilizar al gobierno.
En lo que refiere a los pedidos de la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner, los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi rechazaron sus pedidos para para que se agrave la situación de Carrizo y se lo considere “coautor” de intento de magnicidio en su contra.
El tribunal también desestimó el pedido para que tanto Carrizo, cuanto los otros dos detenidos por el ataque, Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte, sean considerados integrantes de una “asociación ilícita”.
“Con relación a la pretensión del querellante en cuanto a que se modifique el grado de participación originariamente asignado a Carrizo (…) y que se les endilgue la comisión del delito de asociación ilícita, corresponde señalar que tal cuestión se encuentra dentro de la esfera de análisis y decisión de la señora jueza de grado en el momento oportuno y del Ministerio Público Fiscal a quien le fue delegada la instrucción de la causa”, sostiene el fallo.