En el 70,4% de los casos se trató de mujeres adultas que denunciaron hechos de los que fueron víctimas cuando eran niñas o adolescentes.
Diciembre de 2018 no fue una fecha más. El 11 de ese mes, la actriz Thelma Fardin acompañada por el Colectivo de Actrices Argentinas, se animó a contar públicamente que cuando apenas tenía 16 años fue abusada sexualmente por un compañero de elenco.
Tras esa denuncia, muchas personas comenzaron a acercarse a distintas instituciones para consultar sobre la posibilidad de denunciar diversos episodios de violencia sexual.
Entre diciembre de 2018 y enero de 2019, la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas del Ministerio Público Fiscal de la Nación (DOVIC) recibió entre tres y cinco consultas semanales que querían conocer los detalles de cómo se realiza una denuncia judicial en este tipo de casos.
Fue así que la DOVIC implementó un dispositivo de atención interdisciplinario dependiente de la Coordinación General que abarca todos los casos donde se solicita asesoramiento y acompañamiento que está integrado por una trabajadora social y una psicóloga y hace hincapié en el acompañamiento profesional previo a la denuncia.
El objetivo es lograr que las causas y los expedientes sean abordados desde una perspectiva de género integral.
Víctimas y denuncias
De acuerdo a un relevamiento, en el 70,4% de los casos se trató de mujeres adultas que denunciaban hechos que las tuvieron como víctimas cuando eran niñas o adolescentes.
En un 14,7%, se trataba de niñas o adolescentes que contaban episodios de delitos contra la integridad sexual y en un 9,8%, mujeres adultas que denunciaron hechos ocurridos durante su adultez.
Cuando se contabilizaron los casos que efectivamente correspondían a la justicia nacional de la Ciudad de Buenos Aires, en el 44,4% se judicializaron en articulación con la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual de Niñas y Niños (UFIDISN). Esta Unidad tiene intervención en casos que involucren a niñas y niños menores de 13 años.
En un 33,3% la derivación se hizo con la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM) y en un 20,83% se trabajó con la Oficina de Violencia Doméstica (OVD), que funciona en el ámbito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Prescripción de las causas
En febrero de este año, la Fiscalía General Nº3 ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, a cargo de Mauricio Viera, cuestionó la prescripción de la acción penal considerando que se debe tener en cuenta el interés superior del niño y que negarles el derecho a que se investigue el caso puede atentar contra ello. Los hechos denunciados habrían sucedido entre 1991 y 1992, aunque las víctimas pudieron radicar la denuncia en 2015.
Además, en esa misma causa, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal habilitó a las víctimas a que puedan acceder a la determinación de la verdad de lo que denunciaron e instaron a la producción de medidas de pruebas pertinentes, independientemente de que se hayan cumplido los plazos para la prescripción del delito en curso.
Otro ejemplo es lo planteado por la fiscal María Piqué, integrante del Área de Asistencia ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional que le solicitó a los jueces de Casación que no prescriba un hecho de abuso sexual infantil ocurrido en 2009.
En su exposición, la fiscal consideró que los plazos de prescripción previos a 2011 eran un obstáculo en el acceso a la justicia y aclaró que no se solicitaba que las investigaciones duraran para siempre, sino que se tomen en cuenta las posibilidades reales de las adolescentes para realizar denuncias.
Resaltó que cuando hay un conflicto de derechos y uno de ellos es el de un niño, niña o adolescente, hay que priorizar el interés del menor de edad, como lo ha señalado la Corte.