La mujer asegura que el juez Martín Furman “constantemente ha beneficiado de forma notoria a una de las partes (su madre y hermanos) permitiéndoles la perpetuación de sus actos ilegales, inconstitucionales, lesivos y denigrantes” para con ella.
Por unanimidad la Sala Tercera de la Cámara Civil y Comercial, rechazó la recusación que hizo Dolores Etchevehere contra el juez Martín Furman, que entiende en la causa de la sucesión de su padre Luis Félix.
En el escrito presentado contra el magistrado el pasado 15 de octubre, Dolores aseguró que Furman “constantemente a través de sus resoluciones ha beneficiado de forma notoria a una de las partes (la cual conforman Leonor Barbero Marcial y Sebastián, Juan Diego y Luis Miguel Etchevehere), permitiéndoles la perpetuación de sus actos ilegales, inconstitucionales, lesivos y denigrantes para conmigo, su hermana”.
Además, explicó por qué a mediados de 2018 firmó un acuerdo que ponía fin a la pelea por la herencia y, además, a las denuncias que había formulado en 2011 contra toda su familia por defraudación: dijo que lo hizo bajo presión y en un momento de “desesperación” por sus dificultades económicas.
“Debido a que fruto de la desesperación y a partir de una situación planificada de antemano para llevarme a una situación de desesperación absoluta, lograron mis hermanos encabezados por Luis Miguel, que firmara el acuerdo que me impusieron. Un acuerdo que, para que V.S. pueda comprender la magnitud del abuso, otorga a la suscripta trescientas hectáreas y 20.000 dólares, en el marco de una sucesión que tiene al menos (no está del todo claro) cinco mil hectáreas, y varias sociedades millonarias con activos que llegan hasta Brasil”, señaló.
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Y agregó: “Es inevitable advertir que el Juez Martín L. Furman ha perdido la imparcialidad necesaria para seguir al frente de este caso. Queda claro que sus resoluciones se alinean con los intereses de una de las partes; efectivamente se ha convertido en una pieza fundamental dentro de la táctica meramente dilatoria utilizada por todos ellos. Esto evidencia objetivamente que en su actuación futura continuará teniendo un comportamiento que frustra el debido ejercicio de derechos y garantías de naturaleza constitucional otorgadas”.
Sin embargo, los jueces que integran la Sala III de la Cámara Segunda Civil y Comercial, concluyeron en que “no existe elemento objetivo que permita atribuir a la labor jurisdiccional desplegada por el juez Dr. Martin Furman en esta causa la causal de prejuzgamiento y pérdida de imparcialidad invocada de modo genérico por la recusante; debiendo desestimarse por improcedente la recusación articulada”.