El período de licencia será desde hoy hasta fin de mes. El Máximo tribunal de la Provincia de Buenos Aires dispuso que “quedarán dispensados de concurrir a sus lugares de trabajo, sin que esto perjudique su remuneración habitual o el goce de licencias concedidas”.
A través de la resolución 149-20, la Suprema Corte de Justicia bonaerense eximió de ir a trabajar al personal que se encuentre entre la población de riesgo y a embarazadas.
El período de licencia será desde este lunes 16 hasta el 31 de marzo. del corriente año. El Máximo tribunal dispuso que personal comprendido entre la población de riesgo “quedarán dispensados de concurrir a sus lugares de trabajo, sin que esto perjudique su remuneración habitual o el goce de licencias concedidas”.
También se precisó que quedan comprendidos quienes “hayan cumplido 65 o más años de edad a la fecha de la presente resolución, o que los cumplan durante su vigencia; las mujeres embarazadas; las personas con depresión inmunológica de cualquier origen; y las personas que padezcan diabetes”.
También están incluidos en la norma “las personas con insuficiencia renal; las hipertensas o con patologías cardiovasculares; las trasplantadas; con patologías oncológicas; y con antecedentes de patología respiratoria crónica o cursando infecciones respiratorias”.