La medida, que busca evitar la circulación para evitar el contagio por coronavirus, se extenderá hasta el 31 de marzo.
Con el objetivo de “desalentar la circulación” de la población como otra de las herramientas para prevenir la propagación y contagio del coronavirus, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial la extensión de la suspensión de “manera total” de las operaciones de trenes y colectivos de larga distancia, y de vuelos de cabotaje, hasta la medianoche del 31 de marzo.
La resolución 73/2020 confirmada por el ministerio de Transporte no rige para los vuelos internacionales.
“Prorróganse hasta el 31 de marzo de 2020 las suspensiones totales de los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros interurbano e internacionales y de los servicios de transporte aéreo de cabotaje comercial y de aviación general”, establece la resolución.
Respecto al cronograma de servicios urbanos que todavía siguen funcionando se determinó que “desde la cero (0:00) hora del lunes 23 de marzo y hasta las 24 horas del día martes 31 de marzo de 2020, los servicios de transporte público automotor y ferroviario se cumplirán con sus frecuencias y programaciones habituales de día feriado”.
Además, en el decreto se establece que “se suspenderá la circulación de los servicios de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre”.
Excepciones:
-El traslado hacia sus domicilios de residentes en el país que estén retornando a la República Argentina.
-El traslado hacia aeropuertos, puertos y/o terminales de ómnibus o ferroviarias de extranjeros que se encuentren en el país y que se dirijan a su país de origen.
-El transporte de pasajeros para el traslado de personas que presten servicios o realicen actividades declarados esenciales en el marco de la emergencia pública declarada.