Además, los adolescentes podrán participar de audiencias legales. Para hacer el reclamo deberán dirigirse a la Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor (VUF), el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC) y el Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC) de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo.
En el Día Mundial de los Derechos al Consumidor, el Gobierno Nacional informó que ahora, los adolescentes de entre 13 y 17 años, podrán reclamar frente a «vulneraciones en el ejercicio de sus derechos como usuarios y consumidores».
La Secretaria de Comercio Interior explico que “frente al avance de las Tecnologías de la Información y la Comunicación” los adolescentes “se ven inmersos en relaciones de consumo” en el entorno digital, por lo que “se vuelve imperioso” una medida que habilite “canales de denuncia y reclamos” frente a sus posibles vulneraciones como consumidores.
De esta manera, mediante la Resolución 236/2021 publicada en el Boletín Oficial, se dispuso que los jóvenes “serán atendidos de conformidad con los objetivos y funciones encomendadas a la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de Las y Los Consumidores».
También, se invitó a la Ciudad de Buenos Aires y a las Provincias para que adhieran a la medida y «adopten» los mecanismos pertinentes para garantizar en sus jurisdicciones «los derechos de las niñas, niños y adolescentes como usuarios y consumidores». Ahora, los jóvenes también podrán participar de audiencias legales.
¿Cómo hacer el reclamo?
* Deberán dirigirse a la Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor (VUF), el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC) y el Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC) de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo.
* Los reclamos de los adolescentes y para la suscripción del acta conciliación sólo será necesario manifestar su intención de hacerlo tanto para el inicio, como para la continuación o el cierre del procedimiento conciliatorio.
* En el acta de conciliación deberá redactarse en lenguaje claro y con una redacción simple, con el objetivo de que se haga efectiva la comprensión de lo que se lee, al tiempo que los adolescentes podrán participar de las audiencias que se celebren por reclamos que involucren sus derechos y que sean presentados por sus representantes legales.
Los derechos de los consumidores
* A la información cierta, clara y detallada sobre las características esenciales de los bienes y servicios que adquiere, y las condiciones de su comercialización.
* A la utilización de productos y servicios que no presenten peligro alguno para su salud o integridad física.
* Al trato digno para no ser víctimas de conductas que los coloquen en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.
* A la educación en consumo para saber cuándo actuar y cómo para defender sus derechos y compartir también sus responsabilidades.