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Diputados también aprobó la Ley Yolanda y la Ley de Fuego: por qué son importantes

Con el respaldo de los bloques minoritarios de la oposición, el Frente de Todos logró la media sanción al proyecto de reforma de la ley de manejo del fuego que modifica el lapso mínimo de años que garanticen la recuperación y restauración de superficies incendiadas. En tanto, la Ley Yolanda, que establece la capacitación obligatoria en medio ambiente para todos los empleados estatales, ya contaba con el aval del Senado.

Durante una maratónica sesión en Diputados, además de sancionar el impuesto a las riquezas, los legisladores también trataron y aprobaron la Ley Yolanda y la Ley de Fuego.

Ambos proyectos tienen como objetivo la mejora del medio ambiente, tanto a través de la capacitación como de la administración de tierras incendiadas.

Ley Yolanda

Con 213 votos afirmativos, 1 negativo y 2 abstenciones, los legisladores aprobaron la iniciativa que ya contaba con el aval del Senado.

La Ley, que lleva ese nombre en homenaje a la primera secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano de Argentina, Yolanda Ortiz, busca garantizar “una capacitación obligatoria en ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático” para quiénes trabajen dentro de los tres poderes del Estado.

La iniciativa fija que la autoridad de aplicación deberá establecer, dentro de los 90 días posteriores a la entrada en vigencia de la presente ley, los lineamientos generales destinados a las capacitaciones, procurando que se incorporen tanto las dimensiones de sensibilización como de transmisión de conocimientos.

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Ley de Fuego

Fue aprobada por 132 votos a favor, 96 en contra y cuatro abstenciones, con el respaldo del Frente de Todos y los interbloques Federal y de Unidad Federal para el Desarrollo, mientras que Juntos por el Cambio se pronunció en contra.

La iniciativa modifica la ley 26.815 de Manejo del Fuego y apunta a impedir “la utilización especulativa” de tierras que hayan sufrido incendios forestales para actividades como emprendimientos inmobiliarios.

Implica cambios en la actividad agrícola, emprendimientos inmobiliarios o cualquier otro tipo de acción que sea distinta al uso y destino que la superficie tenía al momento de iniciarse el fuego. La prohibición será por el término de 60 años en el caso de bosques nativos o implantados, áreas naturales protegidas y humedales.

En el caso de zonas agrícolas, praderas, pastizales o matorrales, ese impedimento será por 30 años. Además, en el caso de tratarse de bosque nativos, estas prohibiciones podrán ser extendidas por más tiempo de acuerdo a lo que indique el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de cada provincia.