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Doble crimen en Congreso: la audiencia de últimas palabras será el 20 de septiembre

Se trata del por el homicidio del diputado Héctor Olivares y su asesor Miguel Yadón, ocurridos en la madrugada del 9 de mayo de 2019. Ese mismo día se dará a conocer el veredicto.


El Tribunal Oral número 9 convocó para el lunes 20 de septiembre a la audiencia de las “últimas palabras” del juicio por el homicidio del diputado Héctor Olivares y su asesor Miguel Yadón, ocurridos en la mañana del 9 de mayo de 2019.

Según determina la reglamentación que rige a los juicios orales, una vez completada la audiencia de últimas palabras, el tribunal debe dar a conocer ese mismo día el veredicto.

Si bien ese mismo día podría conocerse la decisión de los jueces Ana Dieta de Herrero, Fernando Ramírez y Luis Salas, como hay múltiples acusados por distintos delitos, aunque sólo dos por el doble homicidio, la audiencia podría desdoblarse en dos, con lo que el veredicto podría postergarse algunos días más, detalló NA. Media docena de otros imputados afrontan cargos por encubrimiento.

El juicio

En la última audiencia, el fiscal Ariel Yapur rechazó los planteos de las defensas sobre la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua y las objeciones específicas a una de las pruebas utilizadas para la acusación de los dos acusados por el doble crimen.

Se trata del hallazgo de “ADN de contacto” en el arma utilizada para el ataque, que sirvió de argumento para que el fiscal atribuyera a Juan Jesús Fernández la coautoría del doble crimen, pese a que no fue él quien disparó.

Juan José Navarro Cádiz, uno de los acusados, reconoció haber sido quien efectuó los disparos cuando estaba consumiendo alcohol y cocaína en el interior de un vehículo junto con Juan Jesús Fernández.

De esta manera, el fiscal pidió para Fernández la pena de prisión perpetua, mientras que para Navarro Cádiz postuló una condena a 45 años de cárcel, por los delitos de “homicidio agravado por haberse cometido con alevosía y en forma reiterada y portación ilegal de arma de guerra”.

Sobre el ADN de contacto, el fiscal consideró que “no se incurrió en ninguna irregularidad procesal”, pese a que la defensa de Fernández argumentó que no había podido controlar ni participar de la producción de esa prueba.

En cuanto a la pena de prisión perpetua, el fiscal estimó que “no es contraria al principio de resocialización o reinserción social”.