Las empresas no podrán echar a trabajadores sin causa hasta el 30 de septiembre, durante la emergencia sanitaria.
El Gobierno Nacional oficializó la extensión por 60 días la prohibición de despidos y suspensiones sin causa, en el marco del aislamiento y el distanciamiento social, preventivo y obligatorio que rige en todo el país.
“Los despidos y suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el presente decreto no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales”, remarca el artículo 4 del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 624/2020 publicado en el Boletín oficial de hoy.
Además, en la medida que se llevará a cabo hasta el 30 de septiembre, se dispuso que tampoco puede haber suspensiones “por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo”.
“Prorrógase la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días”, que se cuentan a partir del sábado que viene.
Se trata de una nueva extensión del DNU firmado el 31 de marzo, que a su vez fue prorrogada el 19 de mayo, hasta el 31 de julio.
Abarca a trabajadores en relación de dependencia y a los que disponen de regímenes especiales, como la construcción o trabajadoras de casas particulares.
Pese al auxilio estatal, la vicejefa de Gabinete de la Nación, Cecilia Todesca, advirtió la semana pasada que las consecuencias de la pandemia en la Argentina serán muy difíciles: “El golpe sobre la economía es muy duro. La pobreza, el desempleo y la destrucción de empresas van a observar datos muy fuertes, de una crisis inédita. Van a empeorar, eso va a suceder, lo decimos con toda claridad”.