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El Senado aprobó la Ley de Alquileres: los puntos clave

La nueva norma cambiará el plazo mínimo de relación contractual entre propietarios e inquilinos. Además, ofrecerá un menú de garantías y establecerá un solo aumento por año.

El Senado aprobó la nueva Ley de Alquileres, que regulará distintos aspectos en la relación entre propietarios e inquilinos: hubo cambios en la duración mínima de los contratos, cómo deberán ser los reajustes de precios y el sistema de garantía, entre otros.

Los puntos clave

* Se extiende los contratos de alquiler de dos a tres años y, además, la actualización del valor deberá ser anual y no semestral, como ocurre actualmente con la mayoría de los alquileres en la ciudad de Buenos Aires y el conurbano bonaerense.

* El aumento anual deberá hacerse sobre un índice conformado por las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el de salarios (RIPTE).

* Los contratos de locación deben ser declarados por el locador ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Un punto que evitará la firma de contratos “en negro”.

* AFIP deberá definir el plazo y la forma de la declaración, pero se trata de un punto central porque obligaría a los propietarios a “blanquear” el ingreso que perciben por el alquiler, algo que generó contrapuntos en discusiones anteriores sobre el tema.

* Al existir un registro legal de alquileres se acelerarán las posibilidades de desalojo de los “okupas”, quienes suelen demorar el trámite judicial presentando supuestos contratos de alquiler.

* Se amplía las garantías que podrá presentar el inquilino ante el locador, al contemplar tanto la garantía propietaria, como el seguro de caución, el aval bancario, la garantía de fianza o fiador solidario y el recibo de sueldo.

* Se establece de modo taxativo que las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario, quedando a cargo del inquilino solo las ordinarias, que incluyen los gastos habituales del edificio (salario del encargado, limpieza y otros conceptos).

* Se reduce el depósito de garantía a un monto equivalente a un mes de alquiler para tratar de evitar que se cobren dos meses o a veces más.