Las primeras dos iniciativas fueron aprobadas por unanimidad, mientras que la de fibrosis quística contó la aprobación de 64 votos y 3 abstinencias.
En una sesión especial por videoconferencia, el Senado aprobó la ley de promoción de la donación de plasma sanguíneo de recuperados de Covid-19, la prescripción de medicamentos y estudios médicos a través de recetas electrónicas y sistemas de atención mediante plataformas digitales, y una iniciativa contra la lucha contra la fibrosis quística.
Las primeras dos normas fueron aprobadas por unanimidad, mientras que la tercera contó la aprobación de 64 votos y 3 abstinencias: Esteban Bullrich, Gladys González y Humberto Schiavoni, del PRO.
La Ley de promoción de donación de Plasma
El proyecto que dispone crear una campaña nacional para la promoción de la donación voluntaria de plasma sanguíneo, proveniente de pacientes recuperados de coronavirus de todo el país.
La norma reconoce a los donantes como “ciudadanos/as solidarios/as destacados/as de la República Argentina” y ordena garantizar el traslado de aquellos pacientes recuperados de Covid-19, aptos para ser donantes de plasma y que no tengan los medios para realizarlo.
Se creará un Registro Nacional de Pacientes Recuperados de Covid-19 Donantes de Plasma, cuya información deberá resguardarse en cumplimiento de la ley 25.326 de protección de datos personales. Además, se deberá garantizar que los donantes cumplan con los criterios de elegibilidad de acuerdo con los protocolos habilitados vigentes, y hayan expresado su consentimiento informado.
También tendrá como función requerir a las autoridades sanitarias jurisdiccionales la definición de los Centros Regionales de Hemoterapia y/o bancos de sangre que serán los responsables de realizar la captación y recolección de plasma de pacientes recuperados de Covid-19.
Por otra parte, se fomentará la capacitación de los equipos de salud sobre el procedimiento para la donación de plasma; se propenderá al desarrollo de actividades de investigación en la temática y se asegurará el acceso a la información sobre donación de plasma de pacientes recuperados de Covid-19.
La iniciativa del diputado nacional del Frente de Todos Máximo Kirchner, que fue acompañada en la presentación por su par del PRO, Cristian Ritondo, y aprobada esta tarde por unanimidad en el Senado, otorga una licencia especial para los donantes bajo relación de dependencia de dos días por cada donación de plasma que realicen.
La ley de prescripción de recetas electrónicas y la teleasistencia en salud
La iniciativa fue aprobada por unanimidad y autoriza la prescripción médica, odontológica o de otros profesionales de las recetas o estudios médicos a todos los profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir, en los respectivos ámbitos de asistencia sanitaria y atención farmacéutica pública y privada.
Los medicamentos prescriptos en receta en formato electrónico o digital deberán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados. Además, los responsables de la fiscalización de los sistemas de receta electrónica y plataformas de teleasistencia deben “garantizar la custodia de las bases de datos de asistencia profesional virtual (historias clínicas digitales), prescripción, dispensación y archivo”.
También deben “establecer los criterios de autorización y control de acceso a dichas bases de datos y garantizar el normal funcionamiento y estricto cumplimiento de las normativas vigentes en el área”.
Ley contra la fibrosis quística
El proyecto fue aprobado por 64 votos a favor y 3 abstenciones de senadores de Cambiemos: Esteban Bullrich, Gladys González y Humberto Schiavoni, del PRO.
Las obras sociales y las entidades de medicina prepaga deberán hacerse cargo de manera obligatoria de la cobertura total del 100% de todas las prestaciones que sean indicadas por médicos profesionales y que necesiten las personas con fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis, en un plazo de 30 días corridos para los casos no urgentes y de forma inmediata para los urgentes.
La recarga sobre esas entidades el tratamiento de un proceso médico que, se calcula, cuesta alrededor de 300.000 dólares por paciente por año.
Además, de la cobertura de los estudios de diagnóstico, tratamiento y control que se relacionen o deriven de la fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis, también deberán cubrir del diagnóstico y tratamiento de los órganos que sean afectados por el avance de la enfermedad.
Estas patologías, contarán con la misma cobertura para tratamientos psicológicos y/o psiquiátricos y se expenderá un certificado Único de Discapacidad a las personas con diagnóstico de fibrosis quística confirmado por parte de la autoridad competente.
La autoridad de aplicación deberá establecer normas de provisión de medicación e insumos, que serán revisadas y actualizadas cada 2 años (como mínimo) para evaluar avances farmacológicos y tecnológicos aplicables en la terapia de los pacientes.
En cuanto el ingreso laboral, la ley establece que la fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis no será causal de impedimento para el ingreso laboral, tanto en el ámbito público como privado. También disponen que se realizarán campañas nacionales informativas de detección y concientización de la enfermedad para lograr un adecuado conocimiento en la sociedad que permita una mayor integración social de los pacientes.