Los delitos de abusos a menores y la posesión de pornografía infantil también serán penalizados si son cometidos por laicos que ocupen funciones en la Iglesia.
El Papa Francisco incorporó al Derecho Canónico los delitos de abusos a menores y la posesión de pornografía infantil como crímenes “contra la dignidad de las personas”, según una nueva Constitución en materia penal para la Iglesia publicada por el Vaticano que busca “responder adecuadamente a las exigencias de la Iglesia en todo el mundo”.
De esta manera, el Papa Francisco decidió introducir en el Código de Derecho Canónico un artículo que contempla la pedofilia, específicamente los delitos de abusos contra menores cometidos por sacerdotes, una medida largamente reclamada por las víctimas.
Con esto, se endurece la aplicación del sistema de sanciones en casos de pedofilia y de encubrimiento de los casos de pederastia, muchas veces señalado como laxo e insuficiente.
Cuáles son los cambios más significativos
* Serán juzgadas “las acciones realizadas no sólo por parte de los clérigos”, sino también “los crímenes de este tipo cometidos por religiosos no clericales y por laicos que ocupan algunos roles en la Iglesia, así como cualquier comportamiento de este tipo hacia adultos pero cometidos con violencia o abuso de autoridad”.
* Las reformas introducen también nuevos delitos en asuntos económicos y financieros para buscar “la absoluta transparencia de las actividades institucionales de la Iglesia”.
* La nueva legislación dispone penas para “el clérigo o el religioso que, aparte de los casos ya previstos por el derecho, comete un delito en materia económica”, al tiempo que mantiene “la obligación de reparar el daño”.
* También penalizó el “grooming’’ de menores o adultos vulnerables por parte de sacerdotes para incitarles a participar en material pornográfico. Es la primera vez que el derecho canónico reconoce oficialmente como criminal el método utilizado por agresores sexuales para entablar relaciones con sus víctimas, con regalos y otras distinciones, para luego explotarles sexualmente.
* La reforma también retira buena parte de la capacidad de discreción que permitía a obispos y jerarcas de la Iglesia ignorar o encubrir los abusos, y deja claro que pueden afrontar responsabilidades por omisiones y negligencia a la hora de investigar y sancionar adecuadamente a los sacerdotes implicados en abusos.
* Los sacerdotes que mantengan relaciones sexuales con cualquier -no sólo un menor o una persona sin capacidad de razonar- serán expulsados si utilizan “la fuerza, amenazas o abuso de su autoridad’’ para conseguir esas relaciones.
Los cambios presentados estarán vigentes desde el 8 de diciembre, informó el vocero papal Matteo Bruni, tras un trabajo que tomó 12 años.