Desde hoy, vuelven a funcionar los bancos, talleres mecánicos y gomerías. Con la aprobación del Gobierno, las provincias podrán “administrar” el aislamiento en casos puntuales.
Luego de que el presidente Alberto Fernández anunciara la extensión de la cuarentena obligatoria, también se extendió la lista de las actividades esenciales.
Aunque las restricciones seguirán siendo las mismas que rigen desde el comienzo, en esta tercera etapa habrá cambios que involucrarán a bancos y a algunos comercios específicos.
En su anuncio, el jefe de Estado permitió a personas discapacitadas y autistas a circular en las proximidades de su hogar y se les permitirá a los gobernadores de todos los distritos solicitar permisos al Gobierno para “administrar” la cuarentena.
Al mismo tiempo, el jefe de Gabinete Santiago Cafiero coordinará desde este lunes el Plan Integral para la Prevención de Eventos de la Salud Pública. Por medio del mismo, estará facultado a prestar excepciones al cumplimiento de la cuarentena a pedido de los gobernadores. Sin embargo, cada solicitud deberá contar también con el aval del Ministerio de Salud de la Nación.
La lista de las nuevas excepciones:
* Se permite la circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente. En tales casos, las personas asistidas y su acompañante deberán portar sus respectivos Documentos Nacionales de Identidad y el Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma digital.
* Se autorizan las prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista. Los profesionales deberán portar copia del documento de Identidad de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de Discapacidad, o la prescripción médica correspondiente con los requisitos previstos en el punto anterior.
* Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos y respetando el protocolo establecido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
* Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
* Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.
* Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
* Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público.