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La Justicia falló a favor de la primera subrogación de vientre en Salta

El Centro de Reproducción Humana Asistida pidió formalmente a la Justicia la autorización para llevar adelante este tipo de práctica médica para posibilitarle el embarazo a una pareja a través de un vientre externo. En este caso, a la sobrina de uno de los cónyuges, como único método de concebir un hijo.

La Justicia de Salta falló a favor de la primera subrogación de vientre en beneficio de una pareja cuya gestante será la sobrina de uno de los integrantes de la familia.

El Centro de Reproducción Humana Asistida (SARESA) pidió a la Justicia la autorización previa para realizar este tipo de práctica médica para posibilitarle el embarazo a una pareja acudiendo a un vientre externo como único método de concebir un hijo.

Por lo que, ante esta solicitud, el Juzgado Civil de Personas y Familia de 5ta nominación a cargo de la jueza Alejandra Diez Barrantes autorizó a la práctica de “gestación por sustitución” y ordena que el pequeño que nazca por esta Técnica de Reproducción Humana Asistida sea inscripto/a en el Registro Civil como “hijo de sus padres intencionales y no de quien lo dará a luz determinando que el bebé no tendrá vínculo filial con la gestante”.

La mujer que desea ser madre no puede gestar por sí misma ya que tras un episodio de peritonitis debió ser sometida a una histerectomía, intervención quirúrgica que consiste en la extirpación total del útero.

Es por ello, que tras el deseo junto a su esposo de convertirse en padres realizaron consultas obteniendo en SARESA el diagnóstico de fecundación in vitro con material genético propio, ya que la producción de óvulos de la madre no se vio afectada por la intervención.

El proceso legal se llevó adelante por la Representante de la Organización de Pacientes Salud y Vida, que asesora y acompaña a quienes se ven impedidos de ser padres, Dra.  Soledad Villoldo.

“El Estado debe garantizar en igualdad de condiciones el acceso a todos los medios científicos y tecnológicos tendiente  a  facilitar y favorecer la procreación removiendo cualquier obstáculo   que impida el principal objetivo por el que se recurrió  a la justicia que es el de ser padres caso contrario hubiera  implicado  una flagrante violación a los principios de no discriminación,  realidad, igualdad, y de tutela judicial efectiva de los  derechos humanos”, mencionó Villoldo.

Tanto los padres como la persona gestante fueron sometidos a tratamientos físicos, psicológicos y ambientales para determinar la capacidad de llevar adelante este tipo de tratamiento.

Los padres intencionales deberán prestar el consentimiento previo, informado y libre ante SARESA donde llevará adelante el procedimiento médico, la Dra. Mariana Rico y se les aclara que el mismo puede ser revocado mientras no se haya producido la concepción en la persona o implantación del embrión.

A su vez, los padres deberán informarle a su hijo/a sobre su origen gestacional cuando   adquiera la edad y grado de madurez.

 

Volvé a ver el programa de Será Justicia sobre el tema: