El fallo dice que el demandante “no se encuentra legitimado para solicitar la declaración de inconstitucionalidad”. La norma busca capacitar en género a los poderes del Estado.
Tras el pedido del diputado Alfredo Olmedo que quería que se declarara inconstitucional la “Ley Micaela” que busca capacitar en género a los tres poderes del Estado, la Justicia rechazó el amparo.
Entre los argumentos para la negativa, la titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 5 María Alejandra Biotti la magistrada aseguró que “en la presente acción de amparo no se advierte la existencia de caso o causa judicial por cuanto el aquí amparista no se encuentra legitimado para solicitar la declaración de inconstitucionalidad”.
“Es que por regla, el ejercicio de la función jurisdiccional requiere que los litigantes demuestren la concurrencia de la afectación de un interés jurídicamente protegido o tutelado y susceptible de tratamiento judicial”, agregó.
VER: Promulgan la Ley Micaela, sobre violencia de género
La ley fue aprobada en diciembre del año pasado y establece la “capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación”. El Instituto Nacional de las Mujeres (INAM) fue nombrado como autoridad de aplicación.
Olmedo fue el único diputado que votó en contra de la sanción de la ley denunciando que con la norma se buscaba “adoctrinar sobre perspectiva/ideología de género y aborto” y que eso es “contrario a la libertad religiosa consagrada y protegida por la Constitución Nacional y por Tratados Internacionales de igual jerarquía”. A su vez, sostenía que afectaba íntimamente sus convicciones personales “de manera arbitraria e ilegal, como también la de muchos trabajadores estatales”.
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