Publicado en el Boletín Oficial, formará parte del programa médico obligatorio.
A través de la resolución 3159/2019 publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Salud ordenó la cobertura total del tratamiento hormonal del cambio de sexo.
El texto, que lleva la firma del ministro Adolfo Rubinstein, dispone la actualización del listado de cobertura básica que brindan los agentes del seguro de salud, tal como está detallado en la resolución 201/02. Desde ahora, se incluyen aquellas drogas utilizadas en proceso de hormonización e inhibición de la pubertad.
Se trata del acetato de ciproterona, testosterona gel, 17ß-estradiol gel, valerato de estradiol, espironolactona, undecanoato de testosterona y triptorelina que ahora pasarán a estar cubiertos en un 100% para los “pacientes bajo tratamientos hormonales integrales que tienen por finalidad cambiar los caracteres secundarios que responden al sexo gonadal para adecuación de la imagen al género autopercibido”.
La actualización responde, según la resolución 3159, a la necesidad de ir “incorporando nuevas alternativas para el cuidado del cuerpo y de la salud sexual y la salud reproductiva”.
La Secretaría de Salud diferencia explícitamente este tratamiento hormonal de los “procedimientos estéticos” ya que estos tratamientos “se enmarcan en el acceso efectivo al derecho a la salud, es decir, en el proceso de constitución corporal e identitario, el libre desarrollo personal y el derecho a la vida”, sostiene el texto.
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