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Los bancos habilitan la venta de dólares a través del homebanking: quiénes no podrán comprarlos

Desde hoy las entidades financieras podrán vender en forma automática dólares a quienes puedan hacerlo sin tener que consultar individualmente cada caso en la página web de Anses. Sin embargo, hay algunas restricciones: no podrán comprar beneficiarios de IFE, AUH y el resto de los planes sociales, así como quienes no tengan ingresos declarados y los cotitulares de cuentas en moneda extranjera, entre otras.

Desde hoy, los bancos habilitaron la venta de dólares a través del homebanking y aplicaciones móviles, tras la autorización del BCRA y luego de trabajar durante el fin de semana en alistar sus sistemas operativos y cumplir con las normas que establecidas.

El jueves último, a través de la Comunicación B12071, el BCRA informó a los bancos que podrán comprobar contra su base de datos si un cliente está impedido de comprar dólares por no contar con ingresos legítimos o recibir algún tipo de subsidio o beneficio del Estado, entre otros requisitos.

Desde el último viernes algunas entidades habían comenzado con las operaciones, pero desde hoy ya está abierta la venta de dólares en todo el mercado.

De esta forma, las entidades financieras podrán vender en forma automática dólares a quienes puedan hacerlo sin tener que consultar individualmente cada caso en la página web de Anses.

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También se rehabilitó en todos los bancos la transferencia de moneda extranjera entre cuentas, luego de que el Central habilitara cursarlas sin necesidad de validación previa, el viernes último.

¿Quiénes no pueden acceder a la compra?

* Beneficiarios de IFE, AUH y el resto de los planes sociales

* Quienes no tengan ingresos declarados

* Cotitulares de cuentas en moneda extranjera.

* Quienes hayan refinanciado cuotas de créditos personales y prendarios, cuotas de créditos hipotecarios, el saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses o sean deudores de créditos hipotecarios UVA.

Además, se impuso que la compra de dólar oficial tenga una percepción de 35% sobre el impuesto a las Ganancias o Bienes Personales, que se suma al recargo del 30% del impuesto PAÍS que se aplican sobre el precio de venta oficial de la divisa.