También fue procesado y embargado su hijo por 1,8 millones de dólares. Ambos fueron procesados por vender a terceros departamentos de un emprendimiento inmobiliario que ya tenían dueños.
El exfutbolista de Boca, Alberto “Beto” Márcico fue procesado por vender a terceros departamentos de un emprendimiento inmobiliario que ya tenían dueños, uno de ellos su excompañero, el arquero Martín Herrera.
Márcico, junto a su hijo Lucas, fueron procesados por “defraudación por desbaratamiento de derechos acordados y por estelionato”, delitos que contemplan penas de hasta seis años de cárcel. Ambos permanecerán en “libertad provisional”, pero sufrieron cada uno embargos por 1,8 millones de dólares y dos millones de pesos, respectivamente.
Según el fallo, firmado por el juez Fernando Caunedo, tras una investigación que llevó adelante el fiscal Andrés Madrea, los Márcico acordaron la venta de 16 departamentos y seis cocheras con Marta Zulema Rondinella y de cinco departamentos y un local comercial con el ex futbolista Martín Herrera, en tres edificios que estaban construyendo.
“No caben dudas, al menos en esta instancia sumarial preparatoria, de que padre e hijo participaron activamente en la ejecución de los hechos con distribución de roles que abarcaron la totalidad de las maniobras investigadas, en un mismo nivel de responsabilidad y en términos de coautoría”, sostuvo el juez, según detalló NA.
No obstante, evaluó que “no advirtiendo riesgo procesal al menos en esta instancia sumarial, corresponde ratificar la libertad provisional de Alberto José Márcico y Lucas Alberto Márcico”.
El exfutbolista explicó que, en realidad, los reclamantes no tenían intenciones de poseer las propiedades sino que firmaron la propiedad como una suerte de garantía del préstamo que le habían otorgado para financiar las obras. Esos departamentos fueron vendidos, casi todos, a otras personas.
“Quien celebra un boleto de compraventa con todas las formalidades exigidas y cobra la totalidad del precio por un departamento que está construyendo ha concedido un derecho de propiedad en expectativa sobre un bien inmueble, a perfeccionarse con la tradición de la cosa o entrega de la posesión y la formalización de la respectiva escritura traslativa de dominio”, resolvió el juez.
El fallo descartó el argumento de Márcico, quien dijo que a los reclamantes “no se les vendió ninguna propiedad, sino que prestaron dinero y les retornaron intereses. Frente a los avatares de la economía local, aún no se les devolvió el capital aportado y ello motivó el reclamo formulado”. El exfutbolista dijo que se trató de «una operación financiera y no inmobiliaria”.
El juez Caunedo refutó que “si Alberto José Márcico interpreta que firmó esos boletos de compraventa en garantía del préstamo de dinero tampoco debió disponer libremente de los inmuebles afectados a esa garantía”.
La parte compradora “abonó la totalidad del precio de cada uno de los inmuebles adquiridos en construcción, sobre lo que no se ha dado ninguna explicación razonable que justifique la enajenación posterior de esos inmuebles a terceros”, resumió el fallo.