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Vendían cocaína de mala calidad, ahora la Justicia discute si cometieron un delito o no

Las dos mujeres fueron detenidas en Jujuy con 101 envoltorios y quedaron absueltas en el juicio porque la droga estaba tan cortada que no tenía un efecto capaz de generar adicción. Después otro juez las condenó al considerar que cometían el delito de comercialización.

Luego de que a fines de julio pasado dos mujeres fueron detenidas en Jujuy con 101 envoltorios de cocaína que buscaban vender, ahora la Justicia discute si cometieron un delito o no.

Es porque en el juicio oral, el tribunal que las absolvió sostuvo que la droga era de tan mala calidad que no tenía un efecto capaz de generar adicción. Luego, ironizó que en rigor debían ser acusadas de estafa. Pero luego otro magistrado las condenó al considerar que cometían el delito de comercialización.

Ahora intervendrá un tercer juez para analizar el caso, ya que en las diferentes posturas se discute si la venta de esa droga se considera delito por la capacidad de afectar a la salud pública o si el solo hecho de vender una sustancia considerada estupefaciente por la ley alcanza para dictar una condena.

La causa judicial

Según detalla Infobae, a fines de julio de 2019 la Brigada de Narcotráfico de Palpalá de la Policía de Jujuy recibió la información de que en una casa del barrio Alto Comedero se vendía droga. La fuerza hizo tareas de inteligencia y filmó cómo en la casa se vendía droga bajo la modalidad de pasamanos.

Dos mujeres de 52 y 28 años y nueve compradores fueron detenidos. Así, la Policía secuestró 101 envoltorios de cocaína y 2.600 pesos. Las acusadas reconocieron sus responsabilidades y acordaron un proceso abreviado con la fiscalía de juicio para recibir una pena de cuatro años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

Sin embargo, en el juicio fueron absueltas y liberadas ya que Abel Fleming, el juez del Tribunal Oral Federal de Jujuy consideró que “lo secuestrado no es estupefaciente”. El magistrado explicó que de los 101 envoltorios se hicieron pericias químicas a 11 de ellos y que la conclusión fue que la pureza de las muestras era del 13%, el resto eran sustancias inertes en las que se diluyó la droga.

El juez Fleming precisó que para que esa cocaína tenga efecto narcótico se deberían consumir 12 de esos envoltorios, algo que “contraria la experiencia judicial, y reglas de la lógica”. Y detalló en el fallo: “Lo que puede estar presente en este tipo de casos es más un delito contra el patrimonio que un delito contra la salud pública. Cuando se venden en estos niveles de fraccionamiento y concentración de papeles, en realidad se vende humo, se está timando a la gente, se tratan de estafas en donde el estafado y el estafador comparten una alianza que los ubica en los márgenes de la ley. Pero que ni a uno le afecta la salud, ni al otro le mejora el bolsillo”.

De esta manera, si bien las dos mujeres fueron absueltas y liberadas, la fiscalía de juicio apeló la decisión y el caso llegó a la Cámara Federal de Casación Penal. Allí, el juez Guillermo Yacobucci condenó a las acusadas. “Se trata de estupefacientes en los términos normativos reclamados por la ley y con aptitud dañosa para la salud pública”, enfatizó.

Yacobucci también criticó la postura del juez de Jujuy de analizar el caso en la individualidad de cada comprador: “La lesividad entonces no debe atender a las particulares características del supuesto comprador, si adquiere un envoltorio o doce, o si los consume uno por vez o todos en una misma situación. Si es joven o adulto, obeso o magro, hombre o mujer, etcétera. Pues eso haría depender la imputación de la comprobación peculiar de cada individuo”.

Por lo tanto, aceptó la postura de la fiscalía y condenó a las dos acusadas a la pena de cuatro años de prisión por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y dispuso que sean detenidas cuando la condena quede firme.

La causa, sin embargo, no termina con las condenas: la defensa de las acusadas podrá apelar el fallo y deberá intervenir un nuevo juez de la Cámara de Casación para analizar la apelación y determinar en cuál de las dos posturas en discusión se encuentra.