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Desestimaron la denuncia contra Alberto Fernández por el velorio de Maradona

La Justicia cerró la presentación porque consideró que no hay delito. “Se trató de permitir al pueblo despedirse de una personalidad tan significativa como fue la de Diego Armando Maradona, decisión que prima facie habría sido efectuada en vista al interés general”, justificó el fiscal.

La Justicia desestimó la denuncia contra el presidente Alberto Fernández por haber organizado el pasado 26 de noviembre el velatorio de Diego Maradona en Casa Rosada.

“Luego de efectuar un análisis integral de los hechos que motivaron la presente causa, lo cierto es que surge un actuar por parte de las autoridades mediante el cual no se aprecia una finalidad de brindar un trato diferencial a la familia del difunto, sino más bien permitir al pueblo despedirse de una personalidad tan significativa como la fue la de Diego Armando Maradona, decisión que prima facie habría sido efectuada en vista al interés general, y por ende, no podría ser tachada de arbitraria o irrazonable. Y es que se ha hecho una excepción, por tratarse de una situación per se excepcional”, explicó el fiscal federal Ramiro González.

La denuncia apuntaba al descuido en las medidas de organización, ya que la concurrencia se vio desbordada por la gran cantidad de gente que se acercó a la Casa Rosada y que generó incidentes, a tal punto que el velatorio debió suspenderse.

Ahora bien, habida cuenta de este contexto de DiSPO en el cual se encontraba la zona del AMBA, como así también ante la intempestiva muerte del ex futbolista, las autoridades -tanto en la esfera nacional, provincial y de la CABA- inevitablemente se vieron envueltos en la compleja disyuntiva de decidir si se le permitiría -o no- a la población que así lo quisiera despedirse de los restos de una personalidad incuestionablemente paradigmática para gran parte del mundo entero; más aún para la Argentina”, evaluó el fiscal.

Además, González explicó: “Como se ha sostenido, no sólo debería determinarse qué personas se encontraban enfermas al momento de concurrir al sepelio de Diego Armando Maradona, sino que además, habría que determinar mediante qué conductas habrían propagado la Covid-19. Ello, no sólo a efectos de poder estar en condiciones de reconocer qué acciones podrían haber sido relevantes para el derecho penal, sino también con el objeto de salvaguardar principios fundamentales del estado de derecho”.

Por último, si bien tuvo en cuenta que no ha existido un acto administrativo expreso mediante el cual se haga alusión a la organización excepcional del referido velatorio en la Casa Rosada, también consideró que “ello podría ser entendido por lo sorpresivo del acontecimiento y la velocidad de respuesta que requería la cuestión”.