Quedarán exceptuados los trabajadores que presenten factores de riesgo o comorbilidades.
Como salida de la pandemia, la Corte dispuso la vuelta a la presencialidad plena en los Tribunales desde el próximo 20 de octubre.
Mediante la Acordada 24/2021, firmada por los cinco jueces, el máximo tribunal adoptó la decisión en sintonía con el Poder Ejecutivo, que el 1° de octubre pasado había dispuesto “la prestación de servicios mediante modalidad presencial para todas las jurisdicciones, organismos y entidades de la Administración Pública Nacional”.
“Corresponde a esta Corte Suprema, como cabeza de este poder del Estado y en ejercicio de sus funciones de superintendencia, adoptar las medidas tendientes a la normalización de la prestación del servicio de Justicia”, sostuvo la Acordada. Sólo quedarán exceptuados de concurrir personalmente a sus puestos de trabajo “los magistrados, funcionarios y empleados que se encuentren comprendidos en el Anexo I de la presente”.
En el anexo, especificaron que quedarán exceptuados del regreso a la presencialidad aquellas personas “con inmunodeficiencias congénitas, VIH, personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis y pacientes oncológicos y trasplantados”.
Además, la Corte recordó que “todo el personal judicial que concurra a los tribunales y dependencias para prestar servicios deberá adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes en el ámbito respectivo”. Además, exhortó a respetar “los protocolos establecidos”.
Corte Suprema: regreso a la presencialidad by Será Justicia on Scribd