Actualidad

Deberán indemnizar a una clienta por hostigarla con llamados

La multa a la empresa telefónica será de $10.000. La mujer se había anotado en el “Registro No Llame”, pero seguía recibiendo publicidad y ofertas.

Si bien se había anotado en el “Registro No Llame”, una mujer siguió recibiendo llamadas por parte de una empresa telefónica. Es así que la jueza de Paz de Cipolletti, Gabriela Lapuente fijó una multa a favor de una clienta.

Así, en concepto de daño punitivo, por no obedecer a la normativa que tiene por finalidad proteger a usuarios de servicios de telefonía de abusos, Telefónica Móviles Argentina (Movistar) deberá afrontar una compensación para con la mujer de $10.000.

La clienta había inscripto su número de teléfono en el registro y luego de vencidos los 30 días que tiene la compañía para cumplir con la normativa vigente continuó recibiendo llamados y ofertas, lo que quedó debidamente acreditado en la causa.

Toda persona física o jurídica titular o usuario autorizado del servicio de telefonía en cualquiera de sus modalidades puede manifestar su voluntad de no ser contactada, de acuerdo a l artículo 27 de la Ley 25.326.

De esta manera, las empresas “no podrán dirigirse a ninguno de los inscriptos en el Registro Nacional `No Llame`”. Asimismo, “deberán consultar las inscripciones y bajas producidas en el citado registro con una periodicidad de treinta (30) días corridos a partir de su implementación”.

 

One thought on “Deberán indemnizar a una clienta por hostigarla con llamados

  1. a mi tambien me han llamado en varias oportunidades ya sea para oferceme un seguro para el auto cambiar de telefonia celular pero directamente les corto.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *