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AFIP suspende los embargos a las pyme por deudas hasta el 14 de agosto

El financiamiento podrá ser de hasta 20 cuotas y con un interés mensual máximo de 3%.

En parte de la complementación de la batería de medidas impulsadas por el Gobierno, para alivianar el bolsillo de los ciudadanos, el Ejecutivo levantará los embargos a todas aquellas empresas que tengan bloqueadas sus cuentas por deudas contraídas hasta el 14 de agosto de este año.

Así, las pymes podrán financiar sus deudas previas y corrientes con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en hasta 20 cuotas y con un interés mensual máximo de 3%, según la categoría del contribuyente, de acuerdo a la resolución general 4548/2019 publicada en el Boletín Oficial.

La misma precisó que a fin de contemplar la situación económica que atraviesan los contribuyentes, y con el objetivo de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias, resulta aconsejable “realizar ciertas adecuaciones respecto de la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables”.

En el caso de deudores en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), también habrá hasta 20 cuotas, aunque para deudas hasta $ 41.000, el interés máximo será de 4% mensual; y para pasivos mayores a $ 41.000, de 7%.

Para el resto de los contribuyentes en zonas de emergencia o desastre, la refinanciación podrá alcanzar hasta 48 cuotas.

 

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