Lo resolvió la Sala II, integrada por los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia. Stornelli y Pagni habían sido denunciados por supuesta filtración y difusión de información vinculada al pedido de detención y desafuero de Julio De Vido.
Según indicó el Centro de Información Judicial (CIJ), la Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal (integrada por los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia) confirmó el sobreseimiento del fiscal Carlos Stornelli y del periodista Carlos Pagni. Ambos fueron denunciados por supuesta filtración y difusión de información vinculada al pedido de detención y desafuero de Julio De Vido (entre otros) en la causa “Rio Turbio”.
El fallo de los camaristas destaca que en el proceso «no se había dictado el secreto de sumario» y que «no podía proseguirse con la instrucción en protección de la reserva de las fuentes periodísticas».
Y agrega: «Incluso si por hipótesis se aceptara el argumento de la querella sobre el tenor de los datos, lo cierto es que se desconoce la fuente que los habría brindado –la propia parte así lo señala- y que los cursos de acción concretos que se proponen, además de no aparecer a priori conducentes a los fines promovidos, encuentran un escollo normativo para su producción».
Según los camaristas Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia «entre los aspectos esenciales de la libertad de prensa, como derecho reconocido y de ejercicio garantizado por la Constitución Nacional y los pactos internacionales con esa jerarquía, se inscriben el acceso libre a las fuentes de información, la posibilidad de recoger noticias, transmitirlas, difundirlas y de resguardar razonablemente el secreto de la fuente de la que se han obtenido”.
Sobreseimiento-Pagni-Stornelli-RíoTurbio by Será Justicia on Scribd