“No solo es una norma legítima sino que además, tiene una solidez convencional inobjetable”, explicó la ministra Mujeres, Géneros y Diversidad sobre la decisión. El juez hizo lugar a una medida cautelar por considerar que “viola la obligación internacional del Estado argentino de proteger la vida desde la concepción”.
Después de que un juez federal de Mar del Plata ordenara suspender la ley de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), por un recurso de amparo presentado por un particular, el Gobierno informó que apelará al fallo.
Así lo anunció la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, en sus redes sociales: “El Estado nacional apelará la decisión del Juez Alfredo Eugenio López que hace lugar a la medida cautelar que suspende la aplicación de la Ley de IVE, con la certeza de que no solo es una norma legítima democráticamente sino que además, tiene una solidez convencional inobjetable”.
El Estado nacional apelará la decisión del Juez Alfredo Eugenio López que hace lugar a la medida cautelar que suspende la aplicación de la Ley de IVE, con la certeza de que no solo es una norma legítima democráticamente sino que además, tiene una solidez convencional inobjetable.
— Eli Gomez Alcorta (@EliGAlcorta) June 7, 2021
Gómez Alcorta aclaró que la cautelar no se podrá aplicar porque la apelación se hará“inmediatamente”. “Esa apelación hace que la resolución tenga efectos suspensivos”, explicó en diálogo con TN.com.ar. Por su parte, la Campaña por el Derecho al Aborto legal, seguro y gratuito repudió el fallo “que busca frenar derechos sexuales y reproductivos”.
El fallo de la justicia de Mar del Plata
El juez Alfredo Eugenio López tomó la decisión ante la presentación de un ciudadano “en favor de los derechos del niño”, que están contemplados en la Constitución a través de los pactos internacionales a los que el Estado adhirió en la reforma de 1994.
El fallo judicial consideró que la ley sancionada a fines de diciembre de 2020 en el Congreso Nacional vulnera los derechos del niño contemplados en la Carta Magna y avaló la postura del demandante, Héctor Adolfo Seri.
En el recurso de amparo, Seri solicitaba la intervención de la Justicia “a fin de que se declare la inconstitucionalidad de la ley 27.610”, ya que afirmaba la norma va en sentido contrario “a las obligaciones internacionales asumidas por el Estado Argentino en virtud de la protección integral del derecho a la vida desde la concepción”.
En su sentencia, el juez aclaró que su “condición de católico y respetuoso de la vida humana no resulta óbice para la intervención” en el caso, tras lo cual afirmó que la “reiterada jurisprudencia” de la Corte Suprema “ha considerado que el derecho a la vida es el primer derecho de la persona humana que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional”.
Por otra parte, el magistrado federal de Mar del Plata sostuvo que las autoridades del Poder Judicial, encabezadas por los miembros de la Corte Suprema, deberán definir si la ley votada en el Congreso es constitucional y, hasta entonces, no puede ser aplicada: al respecto, estableció que corresponde “ordenar medida cautelar de no innovar” y “decretar la inaplicabilidad de la ley” de aborto voluntario.
En diálogo con TN, el juez López, explicó que “el control de constitucionalidad de las leyes le corresponde a los jueces. Vivimos en una República con división de poderes” por lo que lo su decisión “es la medida cautelar que se solicita dentro del amparo para evitar que se sigan asesinando niños por nacer”.
“Suspendí la ley, los protocolos y las resoluciones que ponen en peligro la vida del niño por nacer. La Constitución y los tratados internacionales son los que contemplan los derechos del niño por nacer”, remarcó.
Por último dejó en claro que hasta el día de hoy está suspendida la aplicación de la Ley de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) por una medida federal y va a continuar así “a pesar de la apelación”. “La medida cautelar se va a cumplir”, concluyó.