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El Gobierno eliminó el voto por correo postal de los argentinos residentes en el exterior

Ahora, quienes deseen participar de las elecciones deberán hacerlo de manera presencial en embajadas y consulados.

El presidente Alberto Fernández derogó el voto por correo para los argentinos residentes en el exterior, ya que advirtió que esa modalidad debe ser instituida por una ley del Congreso y no un decreto del Poder Ejecutivo.
A través del Decreto 189/2021, publicado este martes en el Boletín Oficial, el jefe de Estado dio de baja el 45/2019, que había rubricado su antecesor, Mauricio Macri, y que establecía el sistema de voto postal para los votantes en el extranjero.

El decreto publicado se suma al del pasado 12 de marzo que derogó otras normas dictadas por Macri en relación a los comicios: las que permitían el voto anticipado de las personas privadas de libertad y de los miembros de las fuerzas armadas y de seguridad afectadas al operativo electoral.

El Presidente indicó que “la emisión del sufragio a través del correo postal conllevó la creación de una nueva modalidad o sistema de votación que no se encontraba previsto en la legislación electoral aprobada por el Congreso”.

Como consecuencia de ello, para llevar adelante el acto eleccionario con la incorporación del voto mediante correo postal, el entonces titular del Poder Ejecutivo Nacional determinó en forma unilateral y por vía reglamentaria, aspectos vinculados a la conformación de padrones de electores y electoras por correo postal, utilización de sobres electorales, procedimientos para la emisión del sufragio y posterior escrutinio, entre otras regulaciones introducidas a través del Decreto N° 45/19, sin la debida intervención del Congreso ni legislación alguna que habilite reglamentar esta modalidad de votación”, añadió.

Al derogar el decreto, el jefe de Estado restableció el sistema que estipula que los electores residentes en el exterior “pueden votar únicamente en la mesa receptora de votos en cuya lista figuren asentados y asentadas, debiendo el presidente o la presidenta de la mesa verificar si el elector o la electora a quien pertenece el documento cívico figura en el padrón electoral de la mesa”.

La constitucionalidad del decreto que había establecido el voto postal había sido impugnada “ante el fuero electoral y llegado el caso a instancias del Máximo Tribunal, el 3 de marzo de 2021, la Procuradora Fiscal ante la Corte Suprema de Justicia afirmó que la norma en cuestión implementa un sistema de votación que resulta incompatible con los criterios fijados por normas de jerarquía superior que regulan la materia electoral y atañen a la organización de nuestro sistema de gobierno, concluyendo que, una modalidad de voto no presencial debe ser establecida por el legislador”.