Hay restricciones a la movilidad y a la circulación y un mayor control en el transporte público que está reservado solo para trabajadores esenciales y la comunidad docente. Las nuevas limitaciones estarán vigentes hasta el 30 de abril.
Las nuevas restricciones anunciadas por el Gobierno Nacional empezaron a regir desde hoy a las 00 hasta el 30 de abril en las zonas de mayor riesgo epidemiológico del país para contener el avance de la segunda ola de coronavirus.
Las disposiciones establecidas en el nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) anunciado por el gobierno de Alberto Fernández prevén restricciones a la movilidad y a la circulación, y un mayor control en el transporte público que estará reservado solo para trabajadores esenciales y la comunidad docente.
Cuáles son las medidas empiezan a regir desde hoy
* Se suspenden los viajes grupales de egresados, de jubilados, de estudio, de competencias deportivas no oficiales, de grupos turísticos y de grupos para la realización de actividades recreativas y sociales.
* En los lugares de “alto riesgo epidemiológico y sanitario”, determinado en cada caso por un coeficiente de casos confirmados en partidos y departamentos de más de 40.000 habitantes, la restricción de circular para las personas entre la medianoche y las 6.
* Quedan exceptuadas las personas afectadas a las actividades industriales que se encuentren trabajando en horario nocturno y las que deban retornar a su domicilio habitual desde su lugar de trabajo o concurrir al mismo.
* Las gobernaciones y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) están facultados para adoptar disposiciones adicionales de restricciones.
* En lugares con “alto riesgo epidemiológico y sanitario”, se suspenden las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados
* Se suspenden las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas; y la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
* Se suspende las actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas; y en los locales gastronómicos entre las 23 y las 6 del día siguiente.
* Se permitirán las competencias oficiales nacionales, regionales y provinciales de deportes en lugares cerrados donde participen más de diez personas cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales y/o provinciales.
* En cuanto al aforo general las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios podrán usar como máximo el 50% de su capacidad, dice el apartado 12; que se reducirá al 30% en los lugares considerados de “alto riesgo epidemiológico y sanitario”.
* En ambos casos incluye los acontecimientos culturales, sociales, recreativos y religiosos; cines, teatros, clubes, centros culturales y otros establecimientos afines; locales gastronómicos (bares, restaurantes y otros similares); y gimnasios.
* El servicio público de transporte de pasajeros urbano e interurbano solo podrá ser utilizado por las personas afectadas a las actividades, servicios y situaciones esenciales; los autorizados expresamente; las personas que deban concurrir para la atención de su salud; o los que tengan turno de vacunación, con sus acompañantes, si correspondiere.
* Se fomentará el teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral bajo esta modalidad.
* Se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales.
* Se autoriza el acompañamiento durante la internación de pacientes en sus últimos días de vida, de los y las pacientes con diagnóstico confirmado de Covid-19 o de cualquier otra enfermedad o padecimiento.
* El Ministerio de Seguridad dispondrá, en coordinación con las jurisdicciones Provinciales y CABA, los controles en rutas, vías de acceso, espacios públicos, y demás lugares estratégicos que determine esa cartera.
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