Fox y Turner, los dueños de los derechos de la Superliga, consiguieron el respaldo de la Cámara.
La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la suspensión de los artículos 77,78 y 79 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (26.522) que garantizaban la gratuidad de eventos futbolísticos relevantes.
En el marco de este articulado, la Televisión Pública se encontraba habilitada a transmitir los partidos que considerara importantes a nivel nacional e internacional. De esa manera, por ejemplo, se vieron en pantalla abierta los superclásicos de la Copa Sudamericana 2014 y la Copa Libertadores 2015 entre River y Boca.
La presentación ya tenía una sentencia favorable en primera instancia para Fox y Turner, los dueños de los derechos de transmisión del fútbol argentino,